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Ley de protección y fomento de las bibliotecas populares
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Creación de la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares.
La ley está actualmente reglamentada por el decreto 9.241/46 -
Instancia del Dr. Nicanor Sarmiento
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Se creó el Registro Nacional de la Propiedad Intelectual.
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Creación de la Comisión Nacional de Cooperación Intelectual para registrar las principales obras aparecidas en el país.
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Tomó luego el nombre de Sociedad Argentina de Bibliotecarios de Instituciones Sociales, Científicas, Artísticas y Técnicas.
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Entre sus funciones específicas figura la de establecer el catálogo centralizado de las obras contenidas en las bibliotecas de las distintas Facultades de la Capital.
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Establece que para ser nombrado en las bibliotecas dependientes del Consejo Nacional de Educación y del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública se requiere poseer el título otorgado por la Facultad de Filosofía y Letras de Buenos Aires o por la Escuela de Bibliotecología del Museo Social Argentino.
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Trata de los establecimientos privados de educación y fija los sueldos mínimos para profesores auxiliares, etc.
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Estableció un sueldo adicional para aquellos que poseen títulos no universitarios reconocidos por el Estado.
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La Comisión Nacional de Cooperación Intelectual toma el nombre de Junta Nacional de Intelectuales
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Asimila el cargo de bibliotecario de un establecimiento de enseñanza media al de profesor adjunto.