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Durante este periodo se aplicaron las Leyes de Indias (creadas por las colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla.
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Incorporación de las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737
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Establece matricula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Funciono hasta 1822. Se dicto la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Rosas suprimió los concursos de acreedores. Derogado en 1858.
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Sancionado en 1862 y en vigencia hasta 2015
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Modificaciones introducidas: valor de los usos y costumbres como fuentes de derechos; se suprimió el requisito de la inscripción en la matricula para adquirir la calidad de comerciante; cambios en la reglamentación; Ajuste de contratos de mutuo, depósito y prenda.
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Se incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se incorpora un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora un nuevo régimen sobre sociedades.
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La primera incorpora un nuevo régimen para la navegación, y la segunda incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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La primera incorpora un nuevo régimen de cheques, y la segunda un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Vigente hasta la fecha