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El derecho de acceso a la información y la transparencia

  • El derecho al acceso a la información publica.

    El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho a la información, que se promulgaron y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos.
  • Democracia en el año 2000

    No fue sino a partir de la transición a la democracia en el año 2000, que se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas
    prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.
  • Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    Se dio como resultado de dos sucesos fundamentales: un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, lo que derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública
  • Primeros Estados

    Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro Posteriormente, entre 2003 y 2006, veinte entidades promulgaron leyes en materia de transparencia y, el resto, tardó más de 5 años en hacerlo,
  • Sistema de solicitudes de informacion

    Entra en operación con ayuda del banco mundial y se desarrollo el sistema INFOMEX y con esta se gestiona las solicitudes para tener el acceso a la información.
  • Independencia de la política de Transparencia

    El recorrido por la independencia de la política de transparencia comienza en 2004, cuando se conformó la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP)
  • DOF

    e publicó en el Diario
    Oficial de la Federación (Cejudo, 2009) el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel. En este decreto se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la Constitución
  • Reformas constitucionales

    Como resultado de estas reformas constitucionales se construyeron las bases para un nuevo régimen de rendición de cuentas; pero, en los estados de Nuevo León, Coahuila y Michoacán no se promulgaron este tipo de normas, sino hasta 2008.
  • Los principios rectores de la ley.

    Tuvo dos componentes fundamentales: 1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI y; 2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho
  • Publicación de la Reforma

    Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México
  • La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    E mayo de 2015 se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La finalidad de este instrumento
    jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.