-
El derecho de acceso a la información pública (DAI); consiste en un conjunto de garantías jurídicas que afirman la igualdad de los ciudadanos ante la ley, para conocer las acciones y decisiones de sus representantes y eventualmente sancionarlos por mal desempeño o recompensarlos. Se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho a la información, que se promulgaron en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó
-
Diez principios:1) El acceso a la información como derecho humano universal. 2) La información pública le pertenece a las personas. 3) Máxima apertura de los poderes del Estado. 4) Obligación de publicar y entregar la información que posee el Estado. 5) Procedimientos sencillos, ágiles y a costos mínimos. 6) Mínimas excepciones.7) Organismo autónomo para promover la apertura y resolver controversias. 8) Tras la pista del dinero público. 9) Consistencia jurídica. 10) Promoción del federalismo.
-
Las diferencias entre los marcos legales estatales y el federal tuvieron como resultado que
posteriormente, el 22 de noviembre de 2005, dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia
Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de
Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. -
Artículo 6 de la Constitución. El acceso a la información como un derecho fundamental en México.
La información gubernamental como bien público.
El principio de máxima publicidad de la información gubernamental.
Las restricciones al principio de máxima publicidad de la información gubernamental.
El establecimiento de información confidencial, datos personales, secretos comercial, industrial, bancario, fiduciario, fiscal y profesional e información protegida por derechos de autor. -
En 2013 se hicieron reformas al artículo 6º constitucional, las cuales garantizaron, en correspondencia
con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre
acceso a la información plural y oportuna, así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de
toda índole por cualquier medio de expresión. -
La finalidad de este instrumento
jurídico fue ampliar y fortalecer los
mecanismos de acceso a la información
para que el Estado mexicano adoptara el
nuevo paradigma de gobierno abierto.
Buscaba reducir espacios de opacidad y
discrecionalidad en la gestión pública y
ampliar la participación ciudadana en favor
de la transparencia.