-
El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho a la información, que se promulgaron en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos
-
Se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.
-
México ha tenido un compromiso duradero con el uso de las TIC para apoyar las reformas en el sector público y fomentar la buena gobernanza mediante la mejora de la transparencia, la calidad y la eficiencia del gobierno
-
Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) tuvo dos componentes fundamentales: 1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI y; 2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho.
-
Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro, en 2002. De hecho, Jalisco y Sinaloa lo hicieron antes que el gobierno federal.
-
Se implementaron las políticas de transparencia a fin de ayudar a reducir las asimetrías de información que causan muchos de los problemas e ineficiencias al interior de las organizaciones gubernamentales.
-
Se conformó la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP).
-
Dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia.
-
Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Cejudo, 2009) el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel.
-
Es una organización internacional que tiene como objetivo alentar a los países miembros a implementar los lineamientos de gobierno abierto.
-
Se hicieron reformas al artículo 6º constitucional, las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
-
El gobierno de la República Mexicana publicó la Estrategia Digital Nacional derivada de la Estrategia Gobierno Cercano y Moderno, y el primero de sus cinco objetivos se refirió a la transformación gubernamental, consistente en la construcción de una nueva relación entre la sociedad y el gobierno, basada en la experiencia de los ciudadanos como usuarios de los servicios públicos, mediante la adopción de las TIC en el Gobierno de la República.
-
Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales.
-
Se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información.
-
Se transformó́ el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos al otorgársele autonomía constitucional; se aumentó́ el número de comisionados, pasando de cinco a siete, y se amplió́ de manera importante su ámbito competencial.
-
es una organización que elabora una medición llamada índice de gobierno abierto, en la que desarrolla un ranking mundial para evaluar la calidad de las leyes de acceso a la información en 102 países alrededor del mundo, con base en 4 variables (2015):
1) Leyes publicadas y datos gubernamentales
2) Derecho de acceso a la información
3) Participación de la sociedad civil
4) Mecanismos de queja -
Mide la calidad de las leyes de transparencia según las mejores prácticas nacionales e internacionales y los estándares constitucionales en la materia. Permite identificar qué tan garantes del derecho de acceso a la información pública son las leyes, así como su armonización con los principios y bases constitucionales