El derecho de acceso a la información y la transparencia

  • El derecho de acceso a la información pública (DAI)

    Derivada de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho fundamental, que se promulgaron en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi veinticinco años después para que los mexicanos contaran con la información, producida y controlada por los actores públicos, por medio de un conjunto de garantías jurídicas por ley para conocer las acciones y decisiones de sus representantes y eventualmente sancionarlos por mal desempeño o recompensarlos.
  • Un Estado más responsable ante la ciudadanía

    No fue sino a partir de la transición a la democracia en el año 2000, que se implementaron diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.
  • La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP)

    Fue de orden federal y no general. Invitaba a los estados a normar sobre transparencia, pero no otorgaba un marco general sobre el que se regulara la transparencia a nivel estatal. Así que la adopción de estos principios tuvo un proceso paulatino en el que las entidades federativas comenzaron a modificar sus marcos normativos en la materia.
  • Como una medida de consolidación de la democracia

    Se vivió en México un impulso por la transparencia y el acceso a la información. Dándose como resultado de dos sucesos fundamentales: un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, lo que derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
  • Dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local

    Las diferencias entre los marcos legales estatales y el federal tuvieron como resultado que los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaron la Declaración de Guadalajara, y promovieron una reforma constitucional en materia de transparencia. La cual fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados por los coordinadores de los ocho partidos políticos representados en el Congreso.
  • Tras el proceso legislativo de rigor, el 20 de julio de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel

    La aplicación del nuevo contenido del artículo, trataba de solventar: restricciones al ejercicio del derecho a la información pública; criterios para considerar reservada la información excesivamente laxos; interpretaciones restrictivas del derecho a la información; y organismos sin autonomía de los gobiernos estatales. Y que los gobiernos estatales subsanaran sus deficiencias; sin embargo, el proceso de adecuación de las legislaciones estatales no cumplió en todos los casos con lo establecido.
  • En 2013 se hicieron reformas al artículo 6º constitucional

    Garantizando, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así ́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
  • Se lleva a cabo otra reforma al artículo 6º

    El 7 de febrero de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México (LGTAI, 2015).
    Como parte de esta reforma, en mayo de 2015 se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
  • Consolidación del Sistema Nacional de Transparencia en México, para coordinar y dar estructura a esta nueva visión, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)

    Los organismos garantes de las entidades federativas, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), el Archivo General de la Nación (AGN) y el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), forman el Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales órgano encargado de dar seguimiento y supervisar la implementación de las nuevas disposiciones normativas y prácticas en la materia.