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Reformas al artículo 6º. Constitucional, garantiza a toda persona libre acceso a la información plural y oportuna
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El recorrido por la independencia de la política de transparencia comienza en 2004, cuando se conformó la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP)
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Medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, lo que derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP)
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Primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro
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Intensifican esfuerzos por implementar una agenda de gobierno electrónico con el programa e-México de la administración de Vicente Fox y continúan hasta hoy con la Estrategia Digital Nacional del Gobierno Federal
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Implementación de diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía
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El DAI (derecho de acceso a la información) se deriva de las reformas al artículo 6º. Constitucional promulgada en 1977
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Dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaron la Declaración de Guadalajara y promovieron una reforma constitucional en materia de transparencia.
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Otra reforma al artículo 6º.constitucional renueva los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos
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Se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.