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la vida del niño y la niña se reducía a la vida en familia y solo se tenían reportes de centros de atención para niños huérfanos o abandonados, dirigidos por organizaciones religiosas
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La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional que reconoce los derechos humanos de los niños y las niñas, definidos como personas menores de 18 años. La Convención establece en forma de ley internacional que los Estados Partes deben asegurar que todos los niños y niñas, se beneficien de una serie de medidas especiales de protección y asistencia; tengan acceso a servicios como la educación y la atención de la salud.
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este código tiene como objetivo Consagrar los derechos fundamentales del menor, determinar los principios rectores que orientan las normas de protección al menor, determinar las medidas que deben adoptarse con el fin de proteger al menor que se encuentre en situación irregular y también Señalar la competencia y los procedimientos para garantizar los derechos del menor, establecer y reestructurar los servicios encargados de proteger al menor que se encuentre en situación irregular.
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busca dar un diagnostico de la realidad social, económica, física y educativa del niño colombiano menor de 7 años, en este plan se menciona por primera vez el grado cero, en el cual se busco resolver la ausencia de formación preescolar de los niños, también se esperaba disminuir la repitencia en la escuela primaria y mejorar la calidad de educación básica primaria.
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establece que todo niño, niña adquiere desde que nace el derecho a un nombre, a adquirir una nacionalidad y en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Es así que por este Tratado a todos los niños, niñas y adolescentes se les reconoce el derecho fundamental a esclarecer su verdadera filiación.
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la presente ley señala las normas generales para regular el servicio publico de la educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de las familias y de la sociedad, se fundamenta en los principios de la constitución política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
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Establece la organización general de la educación preescolar, los grados y edades correspondientes. Reglamenta los deberes y obligaciones de las instituciones que ofrezcan el nivel. Se dictan disposiciones en materia administrativa y pedagógica, para garantizar la continuidad y la articulación entre niveles educativos. Así como las orientaciones curriculares correspondientes, entre otras disposiciones generales.
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que todos los niños y las niñas del mundo tienen derecho a una educación, nutrición y salud que aseguren su supervivencia crecimiento y su pleno desarrollo de sus potencialidades, que la educación inicial es una etapa educativa con identidad propia y que hace efectivo el derecho a la educación, que la educación inicial y el cuidado de la salud tienen un efecto positivo en la reducción de las desigualdades socioeconomicas y de aprendizaje.
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desarrollar y mejorar bajo todos sus aspectos la protección y la educación de la primera infancia, con énfasis en los niños más vulnerables y más desfavorecidos,garantizar que, de aquí al 2015, todos los niños y niñas, los que se encuentren en situaciones difíciles y los que pertenecen a minorías étnicas, tengan la posibilidad de acceder a una educación básica obligatoria y gratuita de calidad, y de completarla.
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una educación inicial para el siglo XXI
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uno de los objetivos fundamentales de la ley 715 de 2001 por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos, competencias y disposiciones para organizar la presentación de los servicios y salud.
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Ley 1098 de 2006 (Noviembre 8) por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, el cual tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento.
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presentación de la política educativa en el marco de una atención integral.
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" LEY 1295 DE 2009 (abril 6) por la cual se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas de la primera infancia de los sectores clasificados como 1, 2 y 3 del Sisbén.