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El presente Decreto contiene las reglas generales en la vigilancia, conservación, mejoramiento, reserva, repoblación y explotación de bosques; aprovechamiento, comercio, movilización y exportación de productos forestales.
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El Congreso de Colombia, con esta Ley establece normas sobre economía forestal de la Nación y conservación de recursos naturales renovables.
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Con la aparición de esta Ley se crean medidas sobre defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación.
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Se crea el Estatutos del Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables -INDERENA-. Con el objeto de garantizar su permanencia como fuente de bienestar para la comunidad, asegurando su conservación y desarrollo.
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Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano". Se instituyó el Derecho Internacional Ambiental como una nueva rama de la ciencia jurídica, gracias a la Conferencia de Estocolmo. El eje central de esta Conferencia fue la relevancia del medio ambiente y marca un hito en el reconocimiento de lo que hoy en día se conoce como el daño ambiental.
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Con la creación de esta Ley se conceden facultades extraordinarias al Presidente de la República para expedir el Código de Recursos Naturales y protección al medio ambiente y se dictan otras disposiciones.
Objetivo:
Es objeto de la presente ley prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes del Territorio Nacional. -
En este Decreto se crea el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Es la principal norma sustantiva que tiene el país en el campo ambiental.
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Con este Decreto se señalan prioridades referentes a los diversos usos del recurso forestal, a su aprovechamiento y al otorgamiento de permisos y concesiones.
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Con esta Ley se crea el Fondo Financiero Forestal. El objeto de esta ley es fomentar la plantación, conservación, explotación e industrialización de bosques en el país, mediante la provisión de crédito a mediano y largo plazo
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Con este Decreto se Legaliza el capítulo V, título II, parte Xlll, libro II del Decreto- Ley número 2811 de 1974 sobre «sistema de parques nacionales»; la Ley 23 de 1973 y la Ley 2a de 1959.
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Con este Decreto se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente en materia de fauna silvestre.
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En este se reglamenta el Decreto Ley 2811 de 1974 y especialmente para asegurar la conservación, el fomento y el aprovechamiento de los recursos hidrobiológicos y del medio acuático.
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En este Decreto se reglamentan los artículos 14 y 17 del Decreto –( ley 2811 de 1974). En este Decreto El Ministerio de Educación Nacional incluirá en la programación curricular para los niveles preescolar, básica primaria, básica secundaria, media vocacional, intermedia profesional, educación no formal y educación de adultos, los componentes sobre ecología, preservación ambiental y recursos naturales renovables.
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En este Decreto El Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (INDERENA), determinará los paisajes que merezcan protección teniendo en cuenta lo dispuesto por los artículos 302 y 304 del Decreto ¬ Ley 2811 de 1974. Con El fin de garantizar a los usuarios de carreteras nacionales el disfrute del paisaje.
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Con esta Ley se pronuncian Medidas Sanitarias, con el objeto para preservar, restaurar y mejorar las condiciones sanitarias en lo que se relaciona a la salud humana.
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En esta Ley se aprueba el Tratado de Cooperación Amazónica, firmado en Brasilia el 3 de julio de 1978. su objetivo es promover el desarrollo armónico de la Amazonía, que permita una distribución equitativa de los beneficios de dicho desarrollo entre las Partes Contratantes, para elevar el nivel de vida de sus pueblos y a fin de lograr la plena incorporación de sus territorios amazónicos a las respectivas economías nacionales.
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En esta Ley se acepta la “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres”, suscrita en Washington, D.C. el 3 de marzo de 1973. Resaltando que la fauna y la flora silvestres, en sus numerosas, bellas y variadas formas constituyen un elemento irremplazable de los sistemas naturales de la tierra, tienen que ser protegidas para esta generación y las venideras.
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Por medio de estos Decretos se remite el Código de Régimen Municipal y el Código Régimen Departamental.
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En este Decreto se crea El Código Nacional de Minas.
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Con la aparición de esta Ley se crea el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia. Con la presente Ley, los animales tendrán en todo el territorio nacional especial protección contra el sufrimiento y el dolor, causados directa o indirectamente por el hombre.
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Con esta Ley se aprueba el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono.
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En esta nueva Constitución se redactaron más de 80 artículos en donde se resaltan responsabilidades al Estado y la sociedad. Determinando que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. Esta ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.
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Se realizó la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. El objeto principal de este acuerdo era fomentar una coalición a nivel global para crear cooperación entre los Estados, encaminando la meta a lograr acuerdos internacionales en los que se prioricen el bienestar de todos y se resguarde por completo toda la estructura ambiental, en armonía con un desarrollo mundial sostenible, dándole importancia a todos los ecosistemas que hacen parte integral del planeta Tierra.
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Con la aparición de esta Ley se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA.
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En esta Ley se crea, la Ley Orgánica de las Áreas Metropolitanas.
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Por medio de esta Ley se aprueba el «Convenio sobre la Diversidad Biológica», hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992.
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El presente Decreto contiene el reglamento sobre la regulación en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.
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Por medio de la cual se aprueba el «Estatuto del Centro Internacional y Biotecnología», hecho en Madrid el 13 de septiembre de 1983
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Con la aparición de este Decreto se estableció el Régimen de Aprovechamiento Forestal.
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Con esta Ley se aprueba la "Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas”.
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Con la aparición de esta Ley se crea el programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Puesto que, todo plan ambiental regional y municipal debe incorporar obligatoriamente un programa para el uso eficiente y ahorro del agua
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Con este Decreto se reglamenta la consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la explotación de los recursos naturales dentro de su territorio.
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Por el presente Decreto se legaliza las disposiciones referentes al ordenamiento del territorio municipal y distrital y a los planes de ordenamiento territorial. Es función obligatoria que todas las administraciones municipales y distritales formular y adoptar su plan de ordenamiento territorial.
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Con esta Ley se establece el Día Nacional del Reciclador y del Reciclaje.
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Por medio de esta Ley se establece el seguro ecológico, se modifica el Código Penal y se dictan otras disposiciones.
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Con este Decreto se reforma el Ministerio del Medio Ambiente y se dictan otras disposiciones.
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Con la aparición de este Decreto se reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica.
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Con la aparición de esta Ley se aprueba la «Enmienda del Protocolo de Montreal aprobada por la Novena Reunión de las Partes»
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A través de esta Ley se aprueba el «Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático», hecho en Kyoto el 11 de diciembre de 1997.
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Con la creación de esta Ley se dictan normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática. La presente ley tiene por objeto regular el manejo sostenible de la fauna silvestre y acuática, y el aprovechamiento de las mismas y de sus productos, el cual se podrá efectuar a través de cosecha directa del medio o de zoocría de ciclo cerrado y/o abierto.
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Por el cual se designan unos humedales para ser incluidos en la lista de Humedales de Importancia Internacional.
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Conservación y uso sustentable de la biodiversidad de los países megadiversos.
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Se regula la gestión integral de residuos sólidos, se realiza la modificación parcial del Decreto 1713 de 2002, en
relación con los planes de gestión integral de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones. -
Se determinan los Instrumentos de Planificación Ambiental. (El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución).
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Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los residuos o desechos
peligrosos generados en el marco de la gestión integral. -
Se aprueba el "Protocolo de Basilea sobre responsabilidad
e indemnización por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación. -
Por la cual se establece la Sobretasa Ambiental sobre los peajes de las vías próximas o situadas en Áreas de Conservación y Protección Municipal, sitios Ramsar o Humedales de Importancia Internacional
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Se expide la Ley General Forestal.
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Por medio del cual se reglamenta el acceso a rellenos sanitarios e incentivo Municipal por disposición final de residuos.
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Se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones.
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Por medio del cual se regula el sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).
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Por medio del cual se reglamentan las licencias ambientales.
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Se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)
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Por la cual se ordena la suspensión del uso del herbicida glifosato en las operaciones de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea.
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Por el cual se establecen las condiciones para el montaje, instalación y puesta en funcionamiento de zonas del territorio nacional para la ubicación temporal de miembros de las organizaciones armadas al margen de la ley en el marco de un proceso de paz.
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Por la cual se crea el Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales y se adoptan otras disposiciones.
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“Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el desarrollo del Plan de Acción Oportuna (PAO) de Prevención y Protección individual y colectiva de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de defensores de derechos humanos, líderes sociales, comunales, y periodistas – «Comisión del Plan de Acción Oportuna (PAO) para defensores de derechos humanos, líderes sociales, comunales, y periodistas”.