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El ius en un principio consistia en mores maiorum, osea costumbres de los antepasados como criterios morales de virtud. Los conflictos de intereses eran resueltos por las legis actiones (procedimiento judicial, fuente formal más antigua del derecho romano).
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mores maiorum; costumbres de los antepasados leges regiae (leyes de los reyes) Ley de las XII Tablas interpretatio de los pontífices y su posterior evolución a una iurisprudentia leges o leyes de la época republicana Plebiscitos
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Leyes de la época monárquica, pero no existe información cierta y precisa sobre las mismas.
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la lex es una disposicion juridica aprobada por el populus reunido en comicios a propuesta de la rogatio de un magistrado (lex rogata) y la lex data es dictada directamente por el magistrado. Ambas pertenencen a la lex publica. Las leyes toman el nombre gentilicio de su autor, acompañado por el de su colega en el cado de los consules.
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En ella estaba el fundamento de la vida jurídica, tanto pública como privada. Asentó por escrito los viejos ritos juridicos y reglas vigentes con anterioridad. Fue redactada por diez magistrados llamados decenviros, por eso se le dice tambien “Ley decenviral”.
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Otorga a los plebiscitos obligatoriedad a todas las clases
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procedimiento judicial de formulas escritas (procedimiento formulario)
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Constituye la verdadera ciencia juridica romana, superacion neta del viejo ius civile de la epoca quiritaria. Se divide en tres etapas
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Dos principales fuentes: edictos de magistrados y respuesta de prudentes (responsa prudentium)
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Fuentes del ius: edictos de pretores y otros magistrados, respuestas de prudentes. Fuentes autoritarias: leges que seran acompañadas por senadosconsultos.
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Lex aebutia (procedimiento formulario) se vuelve obligatoria.
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Cualquiera que se sintiera con confianza podra responder una consulta juridica Consilium de juristas: interpretan y modifican al Edicto
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Fuentes de derecho: edictos (edicto perpetuo), constituciones imperiales y responsa de prudentes
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Codificacion ordenada del edicto de los pretores que se vuelve obligatorio. Adriano lo presenta frente al Senado que lo aprueba bajo el rango de Senadoconsulto. Este Edicto Perpetuo se relaciona estrechamente al Consilium (consejo asesor del Emperador en materias juridicas).
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Fuentes del derecho: iurisprudentia (pero decadente), constituciones imperiales (Ley de Citas)
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Tendencia a la simplificacion Valor prepoderante de la voluntad en la interpretacion de actos juridicos Tendencia a la moralizacion en las soluciones jurídicas
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Debido al uso de rescriptos falsos y autenticidad de los edictos y obras que se citaban en juicios fue necesaria la intervencion estatal. Se ordena que los jueces en sus sentencias solo deben considerar a Paulo, Ulpiano, Papiano, Modestino y Gayo, unicos que gozaban de auctoritas. En caso de discrepancia: se debe seguir la opinión de la mayoría En caso de empate: se debe seguir la opinión del grupo de Papiniano
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dictado luego de la caida de roma, pero sin citar fuentes
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compilacion que abarcaba tanto algunos iura como leges
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se aplico tanto a su pueblo como a romanos dentro de su territorio
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Más importante porque recopilo tanto leges como iuras. Se denominara posteriormente como Corpus Iuis Civilis. Se divide en cuatro partes Codigo: constituciones imperiales desde Adriano hasta Justiniano Digesto: doctrina de los grandes juristas, esta la interpretacion de estos Institutas: dedicado a los estudiantes, nociones generales. Ius aparece dividido en: personas, cosas y acciones Novelas: nuevas constituciones dictadas despues del año 534