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Primer antecedente del juicio mercantil en México posterior a la independencia. Estuvieron vigentes hasta 1854
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Conocido como el Código Lares, fue promulgado por Antonio López de Santa Anna. En el libro V regulaba lo relativo a la administración de justicia de los negocios de comercio. Mostraba influencia española y también del código francés
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Se deroga el Código Lares por los artículos 12 y 16 de la ley Juárez. Se retoman las Ordenanzas de Bilbao
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en su Libro VI, trata de los juicios mercantiles, aunque en realidad sólo regulaba de manera clara y completa al de quiebra y respecto de los demás juicios mercantiles, hacía remisión casi total a los códigos procesales civiles locales.
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Se aparta de su predecesor en la base procesal y se basa en el código de procedimientos civiles para el DF de 15051884 calificándosele de ser una copia mutilada de este último, en virtud de que en el Libro V se regulan los juicios mercantiles, pero dejándose infinidad de lagunas que debieran suplirse, según el mismo código, con los ordenamientos procesales locales.
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Reforma por Carlos Salinas de Gortari al Procedimiento mercantil
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Regula más a detalle los principales actos procesales, reduciendo el margen de supletoriedad por los códigos de las entidades federativas. Tramita de manera más rápida los juicios a fin de no afectar a los deudores de la banca
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de dejar claro, que después de acudir a la legislación procesal civil federal, se acudirá a la local, siempre y cuando la primera de ellas “no regule suficientemente la institución cuya supletoriedad se requiera".