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Se establece en el articulo 4to de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 la libertad de trabajo
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Se promulga nuestra constitucion politica de los estados unidos mexicanos y reconoce las libertades de culto, expresión y asociación, la enseñanza laica y gratuita y la jornada de trabajo máxima de 8 horas. Nuestra Carta Magna está compuesta por 136 artículos y 19 artículos transitorios contenidos en nueve títulos.
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las primeras leyes laborales en México se referían a accidentes de trabajo y se plantearon en estados como Veracruz (1918-1924), Yucatan (1918-1926) y Nuevo León (1906). Habría que esperar hasta la llegada de la Revolución mexicana para que surgiera un verdadero corpus jurídico sobre el tema.
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Se creo esta junta con el fin de darle una finalidad a un reglamento en las competencias y resoluciones de conflictos del trabajo surgidos en zonas federales
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El artículo 123, apartado B, establece cuáles son los derechos de los dos tipos de trabajadores: a) de base y b) de confianza
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se promulgó en México la primera Ley Federal del Trabajo. Importantes antecedentes para su contenido fueron las leyes laborales del estado de Veracruz (1918 y 1924), y las de Yucatán (1918 y 1926).
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primer reconocimiento universal de que los derechos básicos y las libertades fundamentales son inherentes a todos los seres humanos, inalienables y aplicables en igual medida a todas las personas, y que todos y cada uno de nosotros hemos nacido libres y con igualdad de dignidad y de derechos.
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Se promulgo una iniciativa para reformar el articulo 123 en el apartado B, para regular constitucionalmente las relaciones laborales entre el Estado y sus trabajadores.
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En 1970 se reforma la Ley Federal del Trabajo de 1931
Se establece el principio in dubio "pro operarium" (en caso de duda debe prevalecer la interpretación más favorable al trabajador). Se introducen las figuras del aguinaldo, prima de antigüedad y del trabajador de confianza. -
con el tiempo hubo necesidad de hacer reformas, por lo que el 1° de mayo de 1970 sería derogada y sustituida por la entonces conocida como Nueva Ley Federal de Trabajo, permaneciendo vigente hasta que, el 30 de noviembre de 2012
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Es una reforma procesal con normas regentes del derecho individual al trabajo y el derecho colectivo, donde se pretende garantizar la equidad de género, la democracia laboral y la consolidación de los derechos de los trabajadores mexicanos.
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La Reforma considera modificaciones relativas a los derechos, transparencia y rendición de cuentas en materia sindical sobre la justicia laboral y a la creación de un organismo descentralizado para la conciliación laboral y el registro sindical hacia derechos fundamentales de los trabajadores y perspectiva de género; y a los derechos de trabajadores del hogar y del sector agrícola.