Derecho del trabajo en el tiempo

  • 1842 BCE

    CAIDA DE LA DINASTIA QIN

    Ubicación territorial: China.
    Características: Firma del tratado Nankín.
    Principales aportaciones al ámbito jurídico: El tratado Nankín, también conocido como el "tratado desiguales", a lo largo de los siglos, desde la dinastía Qin, otros emperadores chinos intentaron controlar o eliminar por completo la esclavitud. La dinastía Ming, por ejemplo, hizo que la esclavitud fuera ilegal.
  • 1750 BCE

    CODIGO HAMMURABI

    Ubicación territorial: Mesopotamia.
    Características: Conjunto de leyes más antiguos que se han encontrado.
    Principales aportaciones al ámbito jurídico: En el Hammurabi enumera las leyes que ha recibido del dios Marduk para fomentar el bienestar entre las gentes.
  • 600 BCE

    DERECHO HINDÚ

    Ubicación territorial: La India.
    Características: Prescribe las leyes morales que deben observarse para evitar toda amenaza a este orden normativo o para restaurarlo, de ser necesario.
    Principales aportaciones al ámbito jurídico: Se refiere al sistema de derecho que trata sobre temas como el matrimonio, la adopción, la herencia, etc. y es aplicado de manera personal a los adherentes a la religión hinduista dentro del territorio de la India
  • 530 BCE

    DECRETO DE CIRO EL GRANDE

    Ubicación territorial: Babilonia.
    Características: Decretos que Ciro proclamó sobre los derechos humanos.
    Principales aportaciones al ámbito jurídico: Ciro liberó a los esclavos, dando lugar a que regresaran a Israel, declaró que todas las personas tenían derecho a escoger su propia religión, y estableció igualdad entre las razas.
  • 476 BCE

    ÉPOCA ROMANA

    -Roma.
    -Iniciaron una regularización más concienzuda del trabajo, la cual deja huella y perdurará en la Ed media.
    Principales aportaciones al ámbito jurídico:
  • 476

    EDAD MEDIA

    -Civ. Occidental.
    -Surge el Feudalismo y aparecen las primeras actividadesartesanales.
    -El Derecho del trabajo, en su acepción contemporánea, nace con la extinción de las servidumbres señoriales del Antiguo Régimen y su substitución por la libertad contractual propia del Liberalismo.
    Las primeras normas de lo que con el tiempo formarían el Derecho del trabajo, como cuerpo normativo propio y autónomo dentro del ordenamiento jurídico español, se dictan a partir de mediados del siglo XIX.
  • 476

    CAIDA DEL IMPERIO ROMANO

    -La cultura laboral denigrante para el ser humano pasa a ser ocultada y escondida sin acceso. al pueblo.
  • 1492

    DESCUBRIMIENTO DE AMERICA.

    Una evolución del Derecho Romano y de la filosofía cristiana elaborados por juristas españoles ( Bartolomé de las Casas, Francisco de Vitoria, Francisco Suárez) que, a propósito de la conquista de América, y a través de una dura crítica a los abusos cometidos contra los indígenas, elaboraron los fundamentos del Derecho internacional moderno y del Derecho humanitario.
  • REVOLUCION INDUSTRIAL.

    -Inglaterra.
    -Época de transición del taller a la fábrica
  • RECONOCIMIENTO DE LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES DESDE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    -México, se estableció la libertad de profesión, la retribución, justa y se consideraba al trabajo como una mercancía , de acuerdo con los contratos de servicios que se suscriban.
    -Se establece el artículo 123 que señala lo siguiente:
    -Jornada laboral.
    -Protección el trabajo del menor.
    -Retribución justa al trabajo.
    -Se faculta al congreso de La Unión legislar en materia laboral.
  • Creación de la organización internacional del trabajo (OIT)

    Se reconocen los derechos laborales para el beneficio de la clase trabajadora al declarar que la justicia social es la base para la paz universal.
  • CREACIÓN DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

    Ley que regulo las relaciones entre capital y trabajo y para ello se crearon autoridades como a los inspectores del trabajo.
  • MEJORAMIENTO DE LA LEY FEDERAL

    Mejoramiento y protección de los salarios, otorgamiento de habitación para los trabajadores, primas de antigüedad, reparto de habilidades y mejores procesos para regular la impartición de justicia en las juntas de conciliación y arbitraje.