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Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
Estaba conformado por un prior, dos cónsules – elegidos anualmente por los comerciantes de la ciudad – nueve consiliarios, un síndico, un secretario, un contador y un tesorero. -
Normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Comienza su actividad la Bolsa de Mercantiles que será el origen de la Bolsa de Comercio. Estaba destinada a realizar transacciones de carácter comercial, pero los acontecimientos políticos que se desarrollaron en el país, agravados por la guerra con el Brasil, produjeron la pronta desaparición de este organismo.
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En 1836 Rozas suscribió un decreto suspendiendo todos los juicios de quitas y esperas fundándose en los perjuicios causados al derecho de propiedad, a los manejos fraudulentos y al temor y desconfianza que causaban en el cumplimiento de los contratos. Fue derogado en 1858.
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El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió en 1856 al jurista uruguayo asilado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield. El proyecto se presentó al poder ejecutivo del Estado en 1857. Se obtuvo que se aprobara, sin someterlo a discusión, en 1859, para comenzar a regir, solo en la Provincia de Buenos Aires, en 1860.
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Las principales modificaciones introducidas fueron:
1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante
3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras
4) se ajustaron contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
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En 2015, más precisamente, el 01/08/2015, se produjo otra gran reforma del código de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.