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Con la creacion de este consulado, se incorporaron las normas de las ordenanzas de Bilbao de 1737 , que regulaban el comercio terrestre y maritimo.
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Se crearon normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Funciono por breve lapso y se dicto la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio.
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Se encargo la tarea de preparar un proyecto de codigo de comercio, a la cual se le confio esta tarea a Eduardo Acevedo con la colaboracion de Dalmacio v. Sarfield. Se aprobo en 1859 para aplicarlo en la provincia de Bs As, para luego adoptarlo para toda la nacion en 1962 por la ley 15.
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Con esta sancion , se planteo la necesidad de modificar el codigo de comercio.
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Se produce la primera gran reforma, las modificaciones introducidas fueron:
-Valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
-Supresion requisito de inscripcion en la matricula para ser comerciante.
-Cambios en la reglamentacion sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derechos maritimos, quiebras.
-Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito, y prenda. -
Sancion del decreto-ley 5965-63 que incorpora al viejo codigo de comercio un nuevo regimen sobre letras de cambio y pagares.
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sancion ley 17418 , incorpora un nuevo regimen de seguros.
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Incorpora nuevo regimen sobre sociedades .
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Incorpora un nuevo regimen para la navegacion y la ley 20266 incorpora un nuevo regimen para martilleros
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Entre otras cosas , modifica la edad para adquirir la mayoria de edad , pasando de 21 a 18 años.
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Se produjo la reforma mas importante, el codigo de comercio fue derogado y paso a regir el codigo civil y comercial, y es el que se encuentra vigente en la actualidad