DERECHO AGRARIO

  • 1520

    CREACIÓN DE CALPULLIS

    CREACIÓN DE CALPULLIS
    ANTES DE LA CONQUISTA DE MÉXICO LA FORMA DE REPARTIR LA TIERRA ERA A TRAVÉS DE CALPULLIS , QUE TENÍAN DOS CARACTERISTICAS NO ERAN TRANSFERIBLES Y NO SE DEBÍAN ABANDONAR 2 AÑOS SEGUIDOS PUES SE LES QUITABAN LAS TIERRAS
  • Period: 1521 to

    PERIODO VIRREINAL

    DE 1521 A 1810 PRACTICAMENTE EL REPARTO DE TIERRAS FUE EL MISMO ,CON BASE EN LAS BULAS PAPALES (1493) SURGE LA PEONÍA ,CABALLERÍA,SUERTES,USUCAPIÓN,MERCEDES REALES (A PUEBLOS INDÍGENAS LEALES),EXIDOS .DURANTE ESTOS SIGLOS LOS ESPAÑOLES REPARTIERON LAS TIERRAS CONFORME EL MANDATO PAPAL Y A LOS PUEBLOS INDÍGENAS LES DEJARON UTILIZAR SUS TIERRAS
  • DESAMORTIZACIÓN DE BIENES

    DESAMORTIZACIÓN DE BIENES
    EN 1856 IGNACIO COMONFORT REALIZA LA DESAMORTIZACIÓN DE BIENES DE LA IGLESIA,NO RECONOCE LAS MERCEDES VIRREINALES Y A TRAVÉS DE LOS DENUNCIOS LA GENTE HACÍA DEL CONCOCIMIENTO DEL GOBIERNO LAS PROPIEDADES QUE TENÍAN ESTAS CARACTERÍSTICAS Y ENTONCES EL GOBIERNO SE LAS VENDÍA A MITAD DEL COSTO
  • Period: to

    PERIODO DE LATIFUNDIOS

    DURANTE EL MANDATO DE BENITO JUÁREZ DEL GRAL. PORFIRIO DÍAZ ,LAS TIERRAS SE LAS ENTREGAN A CRIOLLOS,QUITANDÓSELAS A LOS INDIGENAS ,AUTÉNTICOS PROPIETARIOS DE LAS MISMAS, SE CREAN LOS GRANDES LATIFUNDIOS , Y LOS PEONES QUE TRABAJAN ESAS TIERRAS CON PAGO EN TIENDA DE RAYA
  • LEY DE RESTITUCIÓN Y DOTACIÓN DE EJIDOS

    LEY DE RESTITUCIÓN Y DOTACIÓN DE EJIDOS
    EN 1915 , VENUSTIANO CARRANZA CREA LA LEY DE RESTITUCIÓN Y DOTACIÓN DE EJIDOS MISMA LEY QUE ES IMPLEMENTADA EN LA CONSTITUCIÓN DE 1917,SE TOMA EL TERMINO DE RESTITUCIÓN DE EJIDOS ,SIN EMBARGO DEBIÓ LLAMARSE RESTITUCIÓN DE CALPULLIS
  • Period: to

    REPARTO AGRARIO

    DURANTE ESTE PERIODO SE TRATA DE RESTITUTUIR LOS EJIDOS , AUNQUE REALMENTE EMPIECE REALMENTE EN EL PERIODO DE LÁZARO CÁRDENAS, YA QUE SE CAMBIA LA LEY DE AMPARO Y ASÍ PUEDEN REALMENTE EMPEZAR CON LA RESTITUCIÓN