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Evolución normativa del Derecho a la protección de datos personales en México

  • La Organización de las Naciones Unidas (ONU).

     La Organización de las Naciones Unidas (ONU).
    México es uno de los 51 miembros fundadores de la Organización de las Naciones Unidas.
    En 1948, adopta el documento conocido como Declaración Universal de Derechos Humanos, en la que el artículo 12 señala que las personas tienen derecho a la protección de la ley de sus datos personales.
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos

    Declaración Universal de los Derechos Humanos
    El derecho de la protección de datos personales, es un derecho humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

    La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
    México se convirtió en el miembro número 25 de la OCDE.
    Las directrices sobre protección de la privacidad y flujos transfronterizos de datos personales
    (“directrices de privacidad”) fueron adoptadas como una recomendación del Consejo de la OCDE
    apoyando los tres principios que aglutinan a los países de la OCDE: democracia pluralista, respeto de
    los derechos humanos y economías de mercado abiertas. Se hicieron efectivas el 23 de septiembre de
    1980.
  • Fundación del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI)

    Fundación del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI)
  • Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental

     Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental
    Esta ley incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (sector publico)

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (sector publico)
    Primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales. En este ordenamiento se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos, así como disposiciones que originaron los derechos de acceso y rectificación.
    (http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFTAIP.pdf)
  • Lineamientos de Protección de Datos Personales

    Lineamientos de Protección de Datos Personales
    Dentro de las obligaciones derivadas de la Ley para los entes públicos federales se encuentran procurar que los datos sean exactos y actualizados, y reportar al órgano garante el listado actualizado de los sistemas de datos personales que posean por cualquier título.
  • Period: to

    Plan Nacional de Desarrollo

    Desde el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares.
  • Iniciativa de proyecto

    Iniciativa de proyecto
    se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
  • Fracciones l y ll del art. 6 constitucional.

    Fracciones l y ll del art. 6 constitucional.
    Primeras menciones constitucionales expresas. Limitantes al ejercicio del derecho de acceso a la información
  • Reforma al art. 16 constitucional

    Reforma al art. 16 constitucional
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
  • Aprobación del proyeto

    Aprobación del proyeto
    La iniciativa fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, que elaboraron el dictamen correspondiente para su lectura y aprobación por el Pleno del Senado.
  • Facultad del Congreso

    Facultad del Congreso
    Facultad del Congreso para legislar en materia de
    protección de datos personales.
    art. 73 constitucional.
  • Derechos ARCO

    Derechos ARCO
    Reconocimiento expreso del derecho de las personas a la protección de sus datos personales y al ejercicio de éste.
    art. 16 constitucional.
  • primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares

    primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
    Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República y
    tiene por objeto la protección de los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de
    regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a
    la autodeterminación informativa de las personas.
    (http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf)
  • IFAI cambia a INAI

    IFAI cambia a INAI