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Derecho de la protección de Datos Personales.
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Previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
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Se establece un capítulo con los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos.
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Se prevé la necesidad de contar con una Ley Federal para garantizar la protección de datos personales en poder de los particulares.
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Adición de un párrafo al artículo 16 constitucional para reconocer el Derecho a la Protección de datos personales como una garantía fundamental autónoma.
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Reforma del artículo 16 constitucional
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Durante el 2009 se dio la aprobación de la reforma Constitucional por la mayoría de las legislaturas locales.
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Aplica para los datos en poderío privado.
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