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El derecho de la protección de datos personales, es un derecho humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948
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La Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental de 2002, incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
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Se publica el primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales,"Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental" en el Diario Oficial de la Federación.
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Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada.
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Se comienzan acciones con la intención de legislar la protección de datos personales en posesión de las empresas particulares.
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Se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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La aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. Dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.
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Se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República, en la cual se debatió y aprobó el pre-dictamen con la modificación al Artículo 73: El Congreso tiene facultad Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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El dictamen que legisla en materia de protección de datos en posesión de los particulares fue aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores, turnándose la minuta a las legislaturas de los estados, a fin de que lo votaran.
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La Cámara de Senadores realizó el escrutinio de los votos de las legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril del 2009.
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Se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
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La Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados radicando su estudio y valoración en las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Pública y Justicia.
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