- 
  
  En esta se establece que todos los individuos e instituciones publicas deben respetar la vida privada de los individuos.
 - 
  
  Su objetivo es reconocer y regular el derecho individual al acceso a la información de las instituciones y organismos del Estado.
 - 
  
  Se crea el IFAI
Es el órgano máximo que promueve y difunde el ejercicio del derecho de acceso a la información, resuelve las negativas a las solicitudes de acceso a la información y protege los datos personales en posesión de las dependencias publicas. - 
  
  Se reformó este articulo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el que se estableció el derecho a la información pública como un derecho fundamental para los mexicanos.
 - 
  
  Se crean reformas constitucionales estos artículos en la cuales se otorgan el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo
 - 
  
  El derecho a la protección de datos se incorpora a la Constitución Política en el artículo 16, el cual establece, los derechos a la protección, acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales, llamados derechos ARCO.
 - 
  
  El IFAI cambia de nombre y se convierte en el INAI (Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) ahora su objetivo es permitir el acceso a la información pública gubernamental y proteger los datos personales.
 - 
  
  Entra en vigor esta ley, su objetivo principal es regular la forma y condiciones en que deben tratarse los datos personales por parte de los particulares (personas físicas y morales) en el ámbito privado, para garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
 - 
  
  Tanto a nivel federal como local, los funcionarios públicos deberán dar detalles del dinero público que reciben por concepto de bonos, ingresos, prestaciones, primas y gratificaciones.
 - 
  
  Su objeto es garantizar el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales cuando éstos se encuentran en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, en el ámbito federal, estatal y municipal, así como órganos autónomos y partidos políticos.
 - 
  
  Mendoza Enríquez, Olivia Andrea. (2018). Marco jurídico de la protección de datos personales en las empresas de servicios establecidas en México: desafíos y cumplimiento. Revista IUS, 12(41), 267-291. Recuperado en 21 de agosto de 2019, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-21472018000100267&lng=es&tlng=es.
 - 
  
  Ojeda Bello, Zahira. (2015). El derecho a la protección de datos personales desde un análisis histórico-doctrinal. Tla-melaua, 9(38), 58-71. Recuperado en 21 de agosto de 2019, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-69162015000200058&lng=es&tlng=es. Bibliografia del modulo