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El derecho a la protección de datos personales fue reconocido a nivel internacional gracias a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
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Incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
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La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental estableció los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos.
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Tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva, estos fueron publicados por el entonces IFAI.
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Se menciona la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
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La adición de un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
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El dictamen de referencia se aprobó por unanimidad, luego de esto se llevo a cabo otra sesión en el Senado
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Se recibió la minuta en cuestión, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos.
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Se discutió y aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto.
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Se aplica la adición de un párrafo al artículo 16
constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma. -
El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.
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Se aprobó y se turnó la minuta a las legislaturas de los
estados, a fin de que lo votaran. -
Se recibe el acta de la reunión y esta fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales
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Se agendó para primera lectura y le fueron dispensados los trámites correspondientes para así turnarse a las legislaturas de los Estados.
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El Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los
estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto. -
El proyecto de decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación al siguiente mes de ese mismo año.
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Es hasta ese año cuando la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.
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Marcaron el camino de la protección de datos personales a nivel nacional en el sector público y se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
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Se lleva a cabo la emisión de esta ley que aplica para los datos que estén en poder de privados.
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La Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados para radicar su estudio y valoración en las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Pública y Justicia.
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Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los
particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.