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Derecho a la protección de datos personales en México por Stefania Melendez Ramirez

By fanyrmz
  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos

    La Declaración Universal de los Derechos Humanos
    El derecho de la protección de datos personales,
    es un derecho humano reconocido a nivel
    internacional después de la segunda guerra
    mundial, a través de la Declaración Universal de
    los Derechos Humanos.
    El antecedente se encuentra en el
    reconocimiento del derecho a la vida privada de
    las personas.
  • Inicio

    Inicio
    La protección de datos personales en México se ha configurado jurídicamente desde un inicio como contrapeso al derecho de acceso a la información.
    Este derecho se ve plasmado explicitamente en el sistema jurídico mexicano en 1977 con un texto breve: "El derecho a la información será garantizado por el Estado, esto es producto de una iniciativa presidencial del cinco de octubre de ese año.
  • IFAI

    IFAI
    Se designó como órgano garante del derecho de acceso a la información y el de protección de datos personales, al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública,8 quien en el ejercicio de sus atribuciones impulsó una reforma a LFTAIPG.
    Estas reformas proponen abordar tanto el derecho a saber, como el derecho a la protección de datos personales.
    Estableció los principios, derechos, deberes, obligaciones para lograr dicha protección.
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamenta.

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamenta.
    Es el primer instrumento normativo.
    En este ordenamiento se
    contempló un capítulo de protección de
    datos personales, en el cual se
    establecieron los principios generales
    que rigen el tratamiento de datos
    personales en posesión de los entes
    públicos (consentimiento, información,
    seguridad, calidad, etc.), así como
    disposiciones que originaron los
    derechos de acceso y rectificación.
  • Ley Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de datos personales

    Ley Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de datos personales
    Antes llamado Ley Federal de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
    Su principal finalidad es establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva
  • Reforma al artículo 73

    Reforma al artículo 73
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en
    materia de protección de datos en
    posesión de los particulares
  • Reforma al artículo 6

    Reforma al artículo 6
    Se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Las fracciones II y III del citado
    artículo señalan que la información a que se
    refiere la vida privada y los datos personales será
    protegida en los términos y con las excepciones
    que fijen las leyes.
    Estas fracciones tienen la virtud de ser las primeras menciones constitucionales que hacen un reconocimiento del derecho a la protección de datos personales.
  • Modificación del 73

    Modificación del 73
    Se llevó a cabo
    una reunión de la Comisión de Puntos
    constitucionales del Senado de la República, en
    la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con
    una pequeña modificación en la numeración de
    la fracción añadida en el articulo 73, la cual no implicó modificar
    el contenido del texto.
  • Reforma al artículo 16

    Reforma al artículo 16
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
    Dota de contenido al establecer que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición en los términos que la ley fije
  • Aprobación del 16

    Aprobación del 16
    El dictamen fue aprobado por 97 votos a
    favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación
    alguna, turnando la minuta a la Cámara de
    Diputados para los efectos correspondientes.
  • Aprobación del 73

    Aprobación del 73
    El Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los
    estados y aprobo la reforma del artículo 73.
  • Publicación del 73

    Publicación del 73
    Se emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de
    2009.
  • Publicación del 16

    Publicación del 16
    Es hasta 2009 cuando la mayoría de las
    legislaturas locales aprobaron la reforma
    constitucional propuesta por el Congreso
    Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial
    de la Federación el 1 de junio de dicho año.
  • Ley Federal de protección de datos personales

    Ley Federal de protección de datos personales
    Con la adición al artículo 73 se obliga al Congreso a que en un término no mayor a un año se apruebe una ley Federal especifica para proteger datos personales en poder de los particulares en México.
    Se aprueba finalmente la LFPDPPP.
  • Publicación de LFPDPPP

    Publicación de LFPDPPP
    Esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010 y su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
    Es aplicable para todas las personas físicas o morales de carácter privado
  • Actualmente

    Actualmente
    Actualmente hay legislaturas que prevén el derecho de la protección de datos personales en ordenamientos diferentes (aquellos datos en
    posesión del sector público y del sector privado); sin embargo, con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que hoy día se desarrolla, se establecerán las bases mínimas a considerar en el derecho de protección de datos personales, mismas que deberán ser incorporadas a las
    legislaturas locales.