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El antecedente se encuentra en el
reconocimiento del derecho a la vida privada de
las personas.
El derecho de protección de datos personales
es un derecho subjetivo, autónomo y de tercera
generación, -
Incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector
público -
Esta reforma señala también la necesidad de
contar con un dispositivo legal que regule el
derecho a la protección de datos digitales -
Se contempló un capítulo de protección de
datos personales, en el cual se
establecieron los principios generales
que rigen el tratamiento de datos
personales en posesión de los entes
públicos (consentimiento, información,
seguridad, calidad, etc.) -
Este instrumento tiene como finalidad
establecer las políticas y procedimientos que
deben observar las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal para
garantizar al titular de los datos, la facultad de
decidir sobre el uso y destino de su información,
a fin de asegurar su adecuado tratamiento e
impedir su transmisión ilícita y lesiva -
Prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la
protección de datos personales en poder de los
particulares, tomando como base lo dispuesto
en los principios y tratados internacionales
. -
Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un
proyecto de decreto para reformar el
artículo 73 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, el cual
tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en
posesión de los particulares10. -
Aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó
una importante pauta para el derecho de la
protección de datos personales -
se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos
constitucionales del Senado de la República, en
la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con
una pequeña modificación en la numeración de
la fracción añadida, la cual no implicó modificar
el contenido del texto. Dicho dictamen fue
aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores -
Se presentó ante el Pleno de la Cámara de
Senadores, un proyecto por el cual se
adiciona un párrafo al artículo 16
constitucional con la finalidad de
reconocer el derecho a la protección de
datos personales como una garantía
fundamental y autónoma. -
Esta iniciativa fue turnada a las Comisiones
de Puntos Constitucionales y de Estudios
Legislativos, que elaboraron el dictamen
correspondiente para su lectura y aprobación
por el Pleno del Senado. El dictamen fue aprobado por 97 votos a
favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación
alguna, turnando la minuta a la Cámara de
Diputados para los efectos correspondientes -
El dictamen correspondiente se agendó para
primera lectura fueron dispensados los trámites
correspondientes. Finalmente, se discutió y
aprobó en lo general y en lo particular con 340
votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin
modificación alguna, turnándose a las
legislaturas de los estados. -
el Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los
estados y emitió la declaratoria de aprobación
del proyecto de decreto, publicándose en el
Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de
2009. el Estado Mexicano
reconoció el derecho a la protección de datos
personales como un derecho fundamental y
autónomo; asimismo, se establecieron las bases
para expedir legislación que regulara el
tratamiento de datos personales en posesión de
particulares. -
El sector comercial ha tenido un especial
interés respecto a la regulación de datos
personales en los países, atendiendo a la
circulación internacional de los mismos. México
forma parte y donde ha contraído obligaciones y
compromisos encaminados a garantizar un
marco legislativo adecuado que garantice la
protección de datos personales -
La Cámara de Senadores
turnó el dictamen aprobado a la Cámara de
Diputados radicando su estudio y valoración en
las Comisiones Unidas de Gobernación, Función
Pública y Justicia -
Al sector privado le es aplicable la Ley Federal de
Protección de Datos Personales en posesión de
los Particulares (LFPDPPP). La autoridad
competente para garantizar este derecho es el
INAI, su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los
particulares, con la finalidad de regular su
tratamiento legítimo, controlado e informado, a
efecto de garantizar la privacidad y derecho a la
autodeterminación informativa de las personas.