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El derecho de la protección de datos personales, fue reconocido a nivel internacional después de la Segunda Guerra Mundial, cuando se llevó acabo la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
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Ésta incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
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Fue el primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2002.
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La aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales.
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Se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con el fin de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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Se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo. Las reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales facultaron al Congreso de la Unión para legislar en la materia.
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Tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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En 2010 se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares que aplica para los datos que estén en poder de privados.
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La Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados radicando su estudio y valoración en las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Pública y Justicia.
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Su principal objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.