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Se plasma en el sistema jurídico mexicano el enunciado "El derecho a la informacion será garantizado por el Estado"
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Ley Federal de Transparencia y acceso a la información Publica Gubernamental.
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Se publican las Recomendaciones sobre medidas de seguridad aplicables a los sistemas de datos personales.
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IFAI publica los lineamientos de protección de datos personales.
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Se aprobó en la camada de senadores el Decreto por el que se adicionan dos párrafos al artículo 16 de la Constitución Federal para reconocer el derecho a la protección de datos personales.
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Se reformó el texto de la reforma al articulo 6° constitucional.
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Se vota, por modificaciones minimas, la propuesta enviada en su momento por la Cámara de Senadores para reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental autónomo.
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Se le agrega al articulo 73 constitucional: El Congreso tiene la capacidad para legislar: Fracción XXlX-O en materia de protección de datos personales en posesión de los particulares.
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Aprobación de las reformas a los articulo 16 y 73 constitucionales, derecho de toda persona a la protección de su información.
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Con la adición al articulo 73 Constitucional se aprueba finalmente la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los particulares.
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Se expide la Ley Federal de Protección de Datos en posesión de particulares,
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Reglamento de la Ley Federal de la Protección de Datos Personales en posesión de particulares.