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Regula los principios y normas de contabilidad e información financiera aceptados en Colombia, aplica a todas las personas jurídicas para llevar una contabilidad.
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Se modifica la conformación del consejo técnico de las contaduría publica, se normalizan técnicas contables y el aseguramiento de la información financiera.
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Aquí se modifica parcialmente la estructura de la junta central de contadores, se continuara actuando como tribunal disciplinario y órgano de registro de la profesión contable.
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Por el cual se crea la comisión intersectorial de normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, tendrá por objetivo coordinar las entidades publicas.
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Se dictan disposiciones en materia de organización y funcionamiento del consejo técnico, de la contaduría publica, se debe conformar un sistema único y homogéneo de alta calidad, mejorando la competitividad y el desarrollo armónico de las empresas evolucionando en sus negocios.
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Se reglamenta la ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo de información financiera para micro empresas, apoyando el proceso de internacionalización de las relaciones económicas mejorando la evolución en sus negocios.
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Se reglamenta la ley 1314 de 2009, sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el grupo 1.
Se garantiza que las normas de contabilidad tendrán estándares internacionales de aceptación mundial. -
Se regulan los principios y normas de contabilidad financiera, se preparan estados financieros sólidos aplicando el marco técnico normativo dispuesto en el anexo del decreto 2784 de 2012.
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Las micro empresas que cumplan con una planta superior a diez trabajadores que posean activos totales, ingresos brutos anuales inferiores a 6000 SMMLV, se les aplicaran las NIIF
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Se modifica parcialmente el marco técnico normativo de información financiera. Donde deben cumplir con dicha modificación donde el conejo técnico de la contaduría publica recomendó la modificación del anexo del decreto 2784 del 2012
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Por el cual se modifica el decreto 2784 de 2012 y se dictan otras disposiciones, el marco técnico, normativo para los preparadores de información financiera que conforman el grupo 1, deben garantizar un periodo de permanencia para los mismos.
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Los preparadores de información financiera del grupo 2 deben cumplir los requisitos del articulo 1 del decreto 2784 de 2012 y sus modificaciones.
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Se modifican parcialmente los decretos números 1851 y 3022 de 2013, dictando otras disposiciones se establece un régimen normativo para los preparadores de información financiera.
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Se reglamentan algunos artículos de 4 de la ley 1314 de 2009, 165 de la ley 1607 de 2012, 773 y 774 del estatuto tributario, las normas tributarias son autónomas e independientes de las de contabilidad e información financiera estipulando en el articulo 4 de la ley 1314 de 2009
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Por el cual se modifica el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de la información financiera que conforman el grupo 1 estipulado en el decreto 2784 de 2012, modificando el decreto 3023 de 2013
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Se explica el decreto único reglamentario de las normas de contabilidad NIIF que la producción normativa ocupan un espacio central en la implementacion de políticas publicas
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por medio del cual se modifica el Decreto 2420 de 2015 Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información y se dictan otras disposiciones. La Superintendencia Financiera de Colombia definirá las normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad y de información financiera.