datos personales

  • Aspectos del individuo.

    Aspectos del individuo.
    Stuart Mill consideraba que los aspectos concernientes al individuo consistían en el derecho a una absoluta independencia, puesto que sobre sí mismo, sobre su cuerpo y mente, el individuo era soberano.Por lo que con Warren y Brandeis, decia que fue un derecho a la soledad, una facultad , esto es, una garantía del individuo a la protección de su persona y su seguridad frente a cualquier invasión del sagrado recinto de su vida privada.
  • constitución 1917 México..

    constitución 1917 México..
    El derecho de acceso a la información se ha constituido en México como la prerrogativa que tiene toda persona para acceder a la información al mismo tiempo que la protección de los datos personales se ha constituido como una limitante al ejercicio de aquél derecho. Lo cual no implica que ambos pierdan su esencia, más bien, se complementa y dan vida al catálogo de derechos que se encuentra recogidos en el texto constitucional mexicano. [1] Dicha reforma se llevó a cabo el 20 de Julio de 2007.
  • Derechos Humanos.

    Derechos Humanos.
    después de la segunda guerra mundial atreves de la declaración de los derechos humanos , se encuentra el antecedente al derecho a la vida privada de las personas, señala nadie sera objeto de injerencias arbitrarias a su vida privada .
  • Ley Federal de Acceso a la información.

    Ley Federal de Acceso a la información.
    la ley federal de acceso a la información publica gubernamental, incluyo la prevención general ala protección de datos personales, al sector publico tales como (consentimiento, información,
    seguridad, calidad, etc.), así como
    disposiciones que originaron los
    derechos de acceso y rectificación.
  • Lineamientos para el Sector Publico.

    Lineamientos para el Sector Publico.
    los lineamiento para el sector publico conforme a la protección de datos personales fue publicada, por el entonces IFAI, este instrumento tiene como finalidad las políticas y procedimiento que deben observar la dependencia de administración publica federal para garantizar a titulares de los datos.
  • Reforma del Articulo 6.

    Reforma del Articulo 6.
    se reforma el articulo 6 fracción 2 y 3 de la constitución, señala la información a que se refiere la vida privada y datos personales sera protegida.
    Esta reforma señala también la necesidad de
    contar con un dispositivo legal que regule el
    derecho a la protección de datos digitales.
  • proyecto cámara de diputados.

    proyecto cámara de diputados.
    se presento un un proyecto el cual se
    adiciona el artículo 16 constitucional con la finalidad de
    reconocer el derecho a la protección de datos personales .
    la reforma al artículo 16
    reconoce protección de sus datos personales, al acceso,
    rectificación y cancelación de los mismos, asimismo, prevé que los supuestos de excepción a los principios que rijan el
    tratamiento de datos, sólo serán en materia de
    seguridad nacional, disposiciones de orden
    público, seguridad y salud públicas.
  • Diario Oficial.

    Diario Oficial.
    publicándose en el diario oficial de la federación el estado mexicano, reconoció el derecho a la protección de datos personales, como un derecho fundamental autónomo.
  • Ley Federal.

    Ley Federal.
    se emite primera ley federal de protección de datos personales en posesión de particulares.
  • protección actualmente.

     protección actualmente.
    el derecho a la protección de datos personales debe ser ponderado frente a la existencia de otros bienes jurídicos y derechos concurrentes como los siguientes: Acceso a la información Libertad de prensa Libertad de expresión Seguridad nacional. El derecho a la puede fungir como un instrumento habilitador de otros derechos constitucionalmente reconocidos, pues cuando se dota al titular del poder y control de su
    información puede ser capaz de ejercer distintos derechos .