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Acuerdo fundacional del Comité de Normas Internacionales de
Contabilidad (IASC) rubricado por representantes de los organismos
profesionales de contabilidad de Australia, Canadá, Francia,
Alemania, Japón, México, Países Bajos, Reino Unido / Irlanda y
Estados Unidos.
Se designan comités de dirección para los tres primeros proyectos
del IASC. -
continua el proceso para inducir las niff en colombia
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El Consejo del IASC se amplía a 17 miembros
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La Federación de Expertos Contables Europeos (FEE) apoya la
armonización internacional y una mayor participación europea en el
IASC. El IFAC adopta directrices del sector público para exigir a las
empresas estatales la observación de las NIC. -
Se crea el Consejo Consultivo del IASC con funciones de supervisión
y financiación. -
Las multinacionales de la Unión Europea deberían adoptar las NIC.
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La (SEC) de EE.UU. muestra su apoyo al objetivo del IASC.
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Se constituye el Comité de Interpretaciones Permanente (SIC),
formado por 12 miembros con derecho de voto -
El IFAC/IASC amplía su composición a 140 organismos contables
pertenecientes a 101 países.
IASC finaliza la elaboración de las normas fundamentales con la
aprobación de la NIC 39. -
Los Ministros de Finanzas del G7 y el FMI instan a apoyar las Normas
Internacionales de Contabilidad NIC con el fin de “fortalecer la
arquitectura financiera internacional”. -
La IOSCO recomienda que sus miembros permitan a los emisores
multinacionales la utilización de las Normas elaboradas por el IASC
en las emisiones y colocaciones internacionales de valores. -
El 1 de abril de 2001, el nuevo IASB asume las funciones del IASC en
relación con la emisión de las Normas de Contabilidad. El IASB
adopta las actuales NIC y SIC. -
Europa exige a las empresas cotizadas la aplicación de las NIIF a
partir de 2005. El IASB y el FASB firman un acuerdo conjunto sobre
convergencia. -
Se publican la primera NIIF definitiva y el borrador de la primera
Interpretación del IFRIC.
Se realizan proyectos de mejora (revisiones significativas de catorce
NIC). -
Gran debate sobre la NIC 39 (Instrumentos financieros:
Reconocimiento y valoración) Comienza la emisión a través de la
Red de las reuniones del IASB.
Se publican las NIIF 2 a 6.
Se publican las CINIIF 1 a 5. -
Primera fecha para implementar las NIF en Colombia en el cual tal plazo no fue cumplido
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Esta ley 1116 DE 2006 la cual entrara en vigencia desde 27 de junio de 2007, que sustituiría a la ley 550 de 1999 se otorga al Gobierno proponer al Congreso las modificaciones necesarias para la aplicación de las NIC-NIIF en Colombia la Ley 1116 de 2006 no tiene vigencia en el tiempo, es decir, el Gobierno tiene un plazo indefinido desde junio 27 de 2007 para estudiar las NIIF y hacer los cambios y ajustes necesarios a la normatividad colombiana
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El IFRIC se amplía de 12 a 14 miembros.
La SEC elimina el requisito de conciliación con los US GAAP para las
empresas extranjeras cotizadas en EE.UU. que utilicen las NIIF y
solicita la aportación de comentarios por parte de las empresas
nacionales cotizadas sobre las NIIF.
El Consejo propone la elaboración de NIIF específicas para las
pequeñas y medianas empresas (PYMES). -
El IOSCO dicta una norma exigiendo a las entidades que manifiesten
claramente si cumplen íntegramente las NIIF.
Previsión de la adopción de las NIIF en otras jurisdicciones, entre las
que se cuenta EE.UU., en torno a 2014.
La SEC propone una “hoja de ruta” sobre el uso de las NIIF por parte
de las empresas estadounidenses inscritas en dicho organismo. -
La respuesta del IASB a la crisis financiera mundial incluye nuevas
directrices sobre la medición del valor razonable, Se designan dos
grupos asesores especializados. -
El IASB se amplía hasta contar con 16 miembros (incluidos tres a
tiempo parcial como máximo) y se establecen criterios para el
equilibrio geográfico.
Se continúa trabajando en la respuesta ante la crisis financiera
Mundial -
Se emiten enmiendas a IFRS 1, IFRS 7 e IAS 12.
Se agrega la IFRS 9 (clasificación y medición) -
Se emiten las IFRS 10, 11, 12 Y 13.
Enmiendas a las NIC 27 y 28. -
Presentado por el CTCP se constituye en referente que tiene como meta común la mencionada convergencia, con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas