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Criterios de calidad que deben alcanzar las fuentes de agua para posibilitar sus diferentes usos.
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Se ordena al sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables. Se organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). -
Se establece el programa del uso eficiente y ahorro de agua. -
Por el cual se expiden normas técnicas de calidad del agua potable. NO VIGENTE: modificado por el Decreto 1575
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Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994 (En la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios.) , en materia de prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.
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Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS ( SIN VIGENCIA) -
Se dictan normas órganicas, en materia de recursos y competencias de conformidad con articulos de la constitución politica y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los recursos de educación y salud. -
Se expiden normas en materia tributaria y penal de orden Nacional y territorial, donde se obtiene un descuento tributario para empresas de servicios públicos domiciliarios que presten los servicios de acueducto y alcantarillado. -
Por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano.VIGENTE
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Por medio de la cual se señalan características, instrumentos básicos y frecuencias del sistema de control y vigilancia para la calidad del agua para consumo humano.
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Por medio de la cual se definen los lineamientos a partir de los cuales la autoridad sanitaria y las personas prestadoras, concertadamente definirán en su área de influencia los lugares y puntos de muestreo para el control y la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano en la red de distribución.
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Por la cual se adopta un método para análisis microbiológico de aguas para consumo humano validado por el Instituto Nacional de Salud.
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Por medio de la cual se adoptan unos formularios para la práctica de visitas de inspección sanitaria a los sistemas de suministro de agua para consumo humano.
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Por la cual se autorizan laboratorios para la realización de análisis físicos, químicos y microbiológicos al agua para consumo humano.
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Por la cual se adopta la guía que incorpora los criterios y actividades mínimas de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano y se dictan otras disposiciones.
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Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS y se derogan las resoluciones 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005 y 2320 de 2009.