costa maria celeste actividad 8 derecho comercial I

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    1er paso para Transferencia de fondo de comercio

    1er paso para Transferencia de fondo de comercio
    Se debe publicar una aviso por el tiempo de 5 días, en el diario de publicaciones legales y en uno o mas periódicos del lugar de funcionamiento del establecimiento que se pretende vender.
    Se deberá indicar:
    - La clase y ubicación del negocio
    - El nombre y domicilio del vendedor y del comprador
    - El nombre y domicilio del rematador y del escribano ( si intervinieran)
    Conforme con Articulo 2 de la ley 11.687
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    2do paso para Transferencia de fondo de comercio

    2do paso para Transferencia de fondo de comercio
    Se deberá entregar al presunto comprador una nota firmada con la siguiente información:
    -Detalle créditos adeudados
    -Nombre y domicilio de los Acreedores
    -Monto de créditos adeudados
    -Fechas de vencimiento ( si corresponde)
    Conforme con el articulo 3 de la ley 11.687
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    3er paso para Transferencia de fondo de comercio

    3er paso para Transferencia de fondo de comercio
    Dentro de los 10 días posteriores a la publicación de aviso ( Art 2 ley 11687). los acreedores podrán notificar su oposición a la operación de transferencia. reclamando la retención del importa de su crédito al comprador.
    Conforme con el Art 4 de la le 11.687
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    4to paso para Transferencia de fondo de comercio

    Posterior a la notificación de oposición Art 3 ley 11.687. El acreedor dispone de 20 días para trabar embargo judicial.
    Conforme Art 5 de ley 11.687
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    5to y ultimo paso para Transferencia de fondo de comercio

    5to y ultimo paso para Transferencia de fondo de comercio
    Otorgamiento de transferencia. Solo podrá firmarse 10 días posteriores a la publicación realizada conformo el Art 2 de Venta de fondo de comercio.
    No debe existir oposicion vigente o correspondiente retenciones y depositos..

    El documento de transferencia debe extenderse por escrito e inscribirse en el registro publo dentro de los 10 dias de su otorgamiento.
    Conforme Art 4 de la ley 11.687