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En este año se organiza en Santo Domingo, el Tribunal de la Real Audiencia, cuya función era fiscalizar a los virreyes y administrar la justicia y los territorios ocupados en América -
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En este año se constituyó el Consejo de Indias como órgano supremo de administración colonial, que ejerció funciones de cuerpo legislativo y máximo tribunal de apelación en asuntos contencioso, civil, criminal y administrativo. -
En este año se crea la real audiencia la cual tenia como objetivo mejorar la administración y controlar los territorios. La función básica consistía en unificar las rentas y derechos de la Corona, hacer juicios a empleados que desempeñaban funciones fiscales y asegurar el flujo normal de los recaudos para la Corona. -
En este año se crearon los Tribunales de Cuentas que eran algo así como las Contralorías Regionales en los Virreinatos, Capitanías y Presidencias. -
A finales de este siglo aparecen las Oficinas de Contabilidad las cuales a través de la Corte de Cuentas consolidan el control fiscal en el mundo. -
Después de la Batalla de Boyacá se expide en Angostura la Ley Fundamental que crea la República de Colombia y con ello se replantea el enfoque del control fiscal -
En este año con esta ley se declaraba que el empleado de Hacienda Nacional a quien se le justificare sumariamente fraude o malversación de los intereses públicos o resultare alcanzado, se le aplicará irremisiblemente la pena de muerte, no era necesario hacerlo pasar por los tribunales de justicia. -
En este año con la expedición de esta constitución los principios determinados fueron retomados y se le da vida a la Gran Colombia. La ley que desarrolla los principios constitucionales fue la expedida el 6 de octubre de 1821 por la Contaduría General de Hacienda, que era el ente fiscalizador del erario público. -
En este año se implemento la Dirección general de hacienda donde se reemplaza la Contaduría General de Hacienda. A través del plan Orgánico de Hacienda Nacional se crea la Contaduría Departamentales encargadas de examinar y fenecer cuentas y ejercer funciones de jurisdicción coactiva. -
En este año se crea esta ley donde aparece la Corte de Cuentas quien sustituye a la Oficina General de Cuentas, y se dan atribuciones para crear las Contadurías Regionales de Hacienda, facilitando así la descentralización del gasto y su control. -
En este año se crea el Tribunal Superior de Cuentas para proteger el buen manejo del presupuesto y garantizar el empleo adecuado de los recursos de inversión -
Al producirse la crisis bancaria, el Presidente de la República contrata una misión de expertos extranjeros, liderados por Edwin Walter Temerme, con el objeto de organizar la Hacienda Pública, el sistema monetario, la reorganización del estado, la administración de ingresos y aduanas entre otros. Se crean normas para el sector financiero y diseña organismos de control y vigilancia del sector. -
En este año por medio de esta ley se crea el departamento de contraloría el cual es independiente de otros departamentos administrativos, este estuvo a cargo de un funcionario denominado contralor general de la Republica y de un ayudante llamado Auditor. -
En este año mediante acto legislativo No.1, se le dio a la Contraloría el carácter de auditoria contable con función fiscalizadora sobre el manejo del tesoro público -
Este año se reglamentó la Oficina Nacional de Contadores y se introdujo la figura fiscal de contador, cuya función consistía en examinar cuentas del presupuesto y revisar los contratos que firmará el ejecutivo. -
Este año el presidente López Michelsen dictó la ley 20 de 1975 que extiende el control fiscal de la Contraloría a los establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales del estado.
Así mismo se implanta la carrera administrativa y se crea la Escuela de Capacitación para Empleados Públicos. -
Este año mediante el Decreto con fuerza de Ley 222 de 1983, se mantiene el control posterior en la contratación administrativa, dando así un auge mayor al control. Se consolido oficialmente con la reforma constitucional de 1991. -
En este año se crea la nueva constitución de Colombia, aquí el tema del control interno ha tenido un permanente desarrollo normativo que ha ido dando respuesta a diferentes necesidades para su implementación y desarrollo. -
En este año se produce todo el desarrollo normativo general de estas disposiciones constitucionales, a través de las leyes 87, 42 y 80, mediante las cuales se dota a los organismos y entidades del Estado de lineamientos claros sobre la implementación y desarrollo del Sistema de Control Interno, al mismo tiempo que se genera un mecanismo para evaluar la calidad, el nivel de confianza, la eficacia y la eficiencia del Sistema de Control Interno del Estado. -
Este año se expide el decreto 1826, por el cual se concretan acciones por el Presidente de la República, como máxima autoridad administrativa, para posibilitar la implementación de los Sistemas de Control Interno en las entidades y organismos del orden nacional, mediante la creación de las Oficinas de Control Interno en la estructura de Ministerios y Departamentos Administrativos -
Bajo estamentos de la política estatal articula el control social, ejercido a través de las quejas y reclamos de los usuarios de la Administración, con el control interno, al asignarle a las Oficinas de Control interno el deber de vigilar la adecuada atención a las solicitudes de los ciudadanos. -
En este año se expide el decreto 280 por el cual se generan mecanismos articuladores del control en todas las entidades del estado e impulsores de la implementación de los sistemas de control interno.
Se crea el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno para las entidades del orden Nacional y Territorial. -
En este año la presidencia redefinen los elementos específicos del Sistema, en armonía con los elementos generales contemplados en la Ley 87 de 1993. De acuerdo a esta ley esto se denominan de la siguiente manera:
1- Esquema Organizacional
2- Plataforma Estratégica
3- Políticas
4- Planeación
5- Procesos y Procedimientos
6- Indicadores
7- Sistema de Información y Comunicación
8- Manual de Funciones
9- Administración del Talento Humano
10- Evaluación del Sistema de Control -
Este año se expide la ley 489 por la cual se implemente el Estatuto Básico de la Administración Pública donde se crea el Sistema Nacional de Control Interno como instancia de articulación del sistema en todo el Estado, bajo la dirección y coordinación del Presidente de la República, como máxima autoridad administrativa. -
En este año se expide el decreto 2145 por el cual se consolida el papel de las diferentes instancias en materia de control interno dentro del Sistema Nacional, se establece por primera vez la obligación para todas las entidades del Estado de presentar al Consejo Asesor un informe anual sobre el avance del sistema de control interno institucional.
También se establecen responsabilidades sobre le sistema de control interno. -
Este año se generan múltiples estrategias para fortalecer y apoyar el desarrollo de los sistemas de control interno de las entidades y organismos del Estado, como es la reestructuración del Departamento Administrativo de la Función Pública mediante el Decreto 1677. -
Bajo este decreto se adopta una política Presidencial para garantizar la independencia y objetividad de los jefes de oficina de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, como es la decisión de reasumir la facultad nominadora de estos funcionarios por parte del Presidente de la República. -
En este año se caracteriza por las modificaciones en materia de normatividad en el control interno, se expiden normas con mayor contenido técnico que jurídico desarrollando así estrategias institucionales de implementación de un control interno mas integral.
También se ordena que se elaboren, adopten y apliquen Manuales de Procesos y Procedimientos y que se adelanten acciones de identificación, análisis, manejo y monitoreo de los riesgos. -
En este año el gobierno nacional en materia de Control Interno de las Entidades del Orden Nacional y Territorial, imparten directrices integrales tanto para el fortalecimiento como para la evaluación del Sistema de Control Interno institucional y la elaboración del informe ejecutivo anual.
El 27 de noviembre de 2001 se reglamenta la Rendición de Cuentas, se presenta a la Contraloría General de la República. -
Este año se decreta esta ley la cual expide el Nuevo código disciplinario único el cual se contempla como el deber de todos los servidores públicos. Se separa el control interno de la auditoria interna. -
Este año se expide esta ley por la cual se crea el Sistema de Gestión de Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras Entidades prestadoras de Servicios, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades. -
Este año se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública, la cual determina las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Gestión de Calidad en los organismos y entidades estatales. -
En este año mediante el decreto 1599, se adopto modelo estándar de control Interno MECI en Colombia que introduce elementos de gestión modernos basados en estándares internacionales y que tiene la misa validez que otros modelos como lo son COSO, COBIT entre otros.
Este modelo maneja tres grandes subsistemas de control el estratégico, de gestión y de evaluación. -
En este año se el departamento administrativo de la función pública distribuirá para todas las entidades del Estado, los instrumentos necesarios para el diseño, desarrollo e implementación de cada uno de los elementos, componentes y subsistemas del Modelo Estándar de Control Interno. -
En este año se expide este decreto el cual establece que el modelo estándar de Control Interno el sistema de gestión de la calidad son complementarios por cuanto tienen como propósito común el fortalecimiento institucional, la modernización de las instituciones públicas, la prestación de servicios con calidad, la responsabilidad de la alta dirección. -
En este decreto se modifica el Decreto 2913 de 2007, y se amplía el plazo de implementación del modelo de control MECI en las entidades de tercera, cuarta, quinta y sexta categoría hasta junio de 2009. -
En este año se implementa la norma internacional de auditoria interna ISO 14009 en el tema medio ambiental.
También en el mes de junio de este año entra en vigencia la ley 1314 del 2009, por la cual se regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.
Se lanza la guía de monitoreo de COSO. -
En este año se integraron los Sistemas de Gestión de Calidad y Control Interno, se creó el comité de ética, se designaron los líderes éticos por dependencia a nivel nacional y la Oficina de Control interno lideró actividades para promover la cultura del autocontrol en la entidad a nivel nacional. -
En este año entra en vigencia la ley 1474 del 2011, donde el articulo 9 nos hablan de los reportes de control interno, esta establece normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. -
En este año se expide la ley 019 del 2012 la cual determina en el artículo 231 que los jefes de control interno o quien haga sus veces, sin perjuicio de las obligaciones legales, deben reportar a los organismos de control, los posibles actos de corrupción e irregularidades que hay encontrado en sus funciones. -
En este año por medio de este decreto se adopta el Sistema Integrado de Gestión MECI-CALIDAD Y SISTEDA, y se crea el Comité Directivo, Comité Evaluador, el Equipo Facilitador y se designa el representante de la Alta dirección para el diseño, implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema de control interno MECI. -
En este año se expide el decreto nacional 943 por el cual se actualiza el modelo estándar de Control interno "MECI" y se estableció el desarrollo del sistema de control interno en los organismos y entidades públicas.
Se actualiza el MECI, con base en el Modelo de Control Interno COSO -
Este año mediante una sentencia se señala que el control interno de las entidades está facultado para intervenir de manera previa con el fin de detectar y corregir las desviaciones en la gestión de la entidad.
También hubo una fusión sistemas de Gestión de la Calidad y de Desarrollo Administrativo y articulación con el sistema de Control Interno -
En este año se expide un decreto por el cual se delega al departamento administrativo de la función pública la formulación, instrumentalización, difusión, asesoría y evaluación de las políticas de control interno con énfasis, de gestión de riesgo y control y de apoyo al proceso de toma de decisiones.
También se resalta la importancia de fortalecer el Control Interno en las entidades territoriales. -
En este año se expide el Decreto 1499 de 2017, el cual reglamenta el alcance del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de gestión y control al interior de los organismos y entidades del Estado. -
En este año por medio de este decreto al departamento administrativo de la función publica se le otorga las funciones de formular políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con Organización Administrativa, Control Interno y Racionalización de Trámites de la Rama Ejecutiva del poder público -
En este año por medio del decreto 338, se modifican aspectos relacionados con el jefe de control interno como por ejemplo cuando encuentre anomalías en los infirmes de auditoria este tiene que enviárselos al representante legal con el fin de dar una solución.
También se crea una red anti corrupción integrada por los Jefes de Control Interno o sus delegados para articular acciones oportunas y eficaces en la identificación de casos o riesgos de corrupción en instituciones públicas. -
Este año mediante el decreto 403 de 2020 se implementa el acto legislativo 04 de 2019 en donde se reforma el régimen de control fiscal. Tal acto propone que el control fiscal se ejercerá en forma posterior y selectiva, y además podrá ser preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público. -
En este año con la expedición de este decreto se adiciona un capitulo al decreto 1083 de 2015 en donde se tiene como objetivo fijar las competencias y requisitos específicos para el empleo de jefe, asesor, coordinación o auditor de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial . -
Este año a causa de la crisis global por la pandemia del Coronavirus el Departamento Administrativo de la Función Pública presentó un documento denominado "Mejores prácticas frente al rol de las oficinas de control interno, auditoria interna o quien hace sus veces, en tiempo de crisis".
Además este manual precisa sobre auditoría y evaluación, independiente del Sistema de Control Interno de las Entidades Públicas, se debe seguir operando de manera eficaz sin importar la crisis.