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El Titular del Ejecutivo Federal presentó la iniciativa de la Reforma Hacendaria en la cual se proponía la creación de un nuevo proceso de fiscalización: “Revisiones Electrónicas”
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Se implementa la citada reforma, mediante el CFF, donde se incluía en su fracción IX, la facultad de las autoridades fiscales para iniciar el procedimiento de "Revisión Electrónica" y el procedimiento para llevar a cabo estas revisiones.
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- Se incorporó la obligación de enviar la contabilidad vía electrónica de manera mensual al SAT, en el Art. 28 Fracción IV del CFF.
- Se incorporaron en el RCFF, en los arts. 33 y 34, nuevos conceptos la contabilidad para efectos fiscales y se señalaron los nuevos requisitos para el registro y control de la contabilidad
- En la RMF se estableció la forma y los plazos en que se debía reportar la contabilidad.
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Se incorporó el uso obligatorio de los medios electrónicos como requisito para el cumplimiento de las obligaciones fiscales; a través del uso del Buzón Electrónico.
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El SAT informó qué contribuyentes empezarían a enviar su contabilidad a partir del 2015, quienes hasta el 2016, y los sujetos que quedaron eximidos de esta obligación.
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A través del comunicado 043, la SHCP y el SAT, dieron a conocer en su portal de Internet que, con el fin de que los contribuyentes cuenten con el tiempo suficiente para integrar los archivos de su Contabilidad Electrónica (catálogo de cuentas y la balanza de comprobación) correspondientes a los meses de enero y febrero de 2015, tendrían hasta el 30 de abril del 2015 para realizar el envío.
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Mediante Decreto se dio a conocer la reforma al artículo 53-B del Código Fiscal de la Federación, que tiene como finalidad evitar diversas interpretaciones por lo que hace a la pre-liquidación.
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La PRODECON mediante el boletín 4/2016 hizo un llamado a la SCJN a fin de que se resuelvan a la brevedad y en definitiva los amparos contra la contabilidad electrónica.
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La SCJN anunció los asuntos que trataría en sesión del pleno y que resolvería el amparo en revisión 1287/2015 contra actos del Congreso de la Unión y otras autoridades consistentes en el CFF.