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By guviko|
  • Reforma constitucional al Artículo 6

    Reforma constitucional al Artículo 6
    “El derecho a la información será garantizado por el Estado”, con esta reforma al Artículo 6° constitucional, llevada a cabo en el año 1977, el derecho a la información fue incorporado en la Carta Magna
  • Caso Burgoa

    Caso Burgoa
    Un ciudadano (el Dr. Ignacio Burgoa Orihuela) solicitó a la Secretaría de Hacienda que le informara el monto exacto de la deuda externa mexicana. Su solicitud fue negada; se promovió un amparo indirecto, el cual fue negado; y se recurrió al amparo en revisión n donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respondió que: El derecho a la información es una garantía social, correlativa a la libertad de expresión, que se instituyó con motivo de la llamada “reforma política”.
  • Caso Aguas Blancas

    Caso Aguas Blancas
    Con motivo del incidente de Aguas Blancas, en el Estado de Guerrero, donde perdieron la vida 17 personas, la SCJN ejerció la facultad prevista en el segundo párrafo del Artículo 97 constitucional y para este propósito designó a dos ministros a fin de que averiguaran “…algún hecho o hechos que constituyeran una grave violación de alguna garantía individual”.
    El Artículo 6º constitucional […] establece que “el derecho a la información será garantizado por el Estado”.
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce el derecho de acceso a la INFORMACIÓN como una GARANTÍA individual

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce el derecho de acceso a la INFORMACIÓN como una GARANTÍA individual
    El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el día 28 de marzo de 2000, aprobó con el número XLV/2000 la tesis aislada que reconoce el derecho de acceso a la información como una garantía individual y determinó que la votación era idónea para integrar tesis jurisprudencial.
  • Period: to

    Todos los estados crean su ley de transparencia

    El 10 de febrero de 2007 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco la última ley faltante en materia de transparencia. Por lo que para ese día, los 31 estados de la República Mexicana, el entonces Distrito Federal y la Federación, ya contaban con legislación en el tema. El primer estado fue Jalisco*, que publicó su ley el 22 de enero de 2002 (incluso la tuvo antes que la federación).
  • Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

     Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
    El 11 de junio de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación. Esta ley, en gran parte, se debe al llamado Grupo Oaxaca, el cual estructuró un movimiento a favor de la reglamentación del derecho a la información.
  • Reforma Constitucional

    Reforma Constitucional
    El 20 de julio de 2007 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el que se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al Artículo 6º constitucional.
    Esta reforma es de gran importancia, ya que en las siete fracciones se dictan los principios y bases que rigen en el ámbito federal, estatal y al Distrito Federal : publicidad, máxima publicidad y protección de datos; y las siguientes bases: gratuidad, universalidad, celeridad y administración de archivo.
  • Reforma al artículo 1° de la Constitución

    Reforma al artículo 1° de la Constitución
    El 10 de junio de 2011 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de reforma constitucional en materia de derechos humanos.
    ) La denominación del Capítulo I del Título Primero de la Constitución cambia de “Garantías individuales” a “De los derechos humanos y sus garantías”.
    B) El Artículo 1°, en vez de otorgar los derechos, ahora simplemente los reconoce.
  • Reforma Constitucional

    Reforma Constitucional
    Se modificó al Artículo 6º constitucional. Fue publicada el 11 de junio de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, en virtud de la cual se garantiza, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
  • Reforma al artículo 6° de la Constitución

    Esta Reforma constitucional, publicada el 7 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, tiene los siguientes aspectos:
    • Prevé la implementación del Sistema Nacional de Transparencia.
    • Dota de Autonomía Constitucional a los organismos garantes.
  • Se publica la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Se publica la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
    El 4 de mayo de 2015 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ley reglamentaria del Artículo 6° constitucional) que tiene como principio, establecer las bases mínimas que debe considerar la Federación, el entonces Distrito Federal y los Estados, para garantizar el acceso a la información.
  • Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
    El 9 de mayo de 2016 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, misma que es materia del presente curso y derogó a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental publicada en el año 2002.