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(antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra
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Se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo117
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Nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios
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Creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías
de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear,
modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas,
sociales y económicas. -
NOV 11, 1941
Secretaría del Trabajo y Previsión Social en 1941 el presidente Manuel Ávila Camacho creó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que ya no dependió a partir de entonces de otra secretaría -
el proyecto de tal, fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana.
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Los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas. Así, la última ley que se expidió fue en 1958, el proyecto de tal, fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana.
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De acuerdo a la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, III, Abril de 1996, página 128, intitulada “Responsabilidades de servidores públicos. Sus modalidades de acuerdo con el Título Cuarto Constitucional”, incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos que falten a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en la función pública
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se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo
Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal (s.f.:9-8), -
el Gobierno se sirve de la Administración Pública Federal (APF) para realizar las funciones asignadas al Poder Ejecutivo de la Federación. Sin embargo la Administración
Pública más allá sólo de las actividades federales -
(CPEUM,
2016) se establece que “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a
la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”.