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Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra
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Se estipula en el articulo 117 que el gobierno mexicanos tendrá un cierto numero de secretarios administrativos.
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Se implementa al presidente la función de definir a los secretarios y modificar el nombre de los ministerios.
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Ultima ley expedida en materia de la administración pública.
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Se crea esta instancia en acuerdo con la Administración Pública Federal.