Avances de la implementación de la norma en Colombia

  • Ley 56

    Se establece, por primera vez en Colombia, el impuesto directo de renta, agotando as! el sistema fiscal que imper6 desde la segunda mitad del siglo XIX.
    Tomado de: https://bit.ly/36ZufyO
  • Ley 63

    Dicta normas contra la evasión y el fraude a los impuestos sobre la renta, complementarios y sucesorales, el mismo que introduce en forma definitiva el sistema de retención en la fuente para los asalariados y anticipos para los contribuyentes no sujetos a retención.
    Tomado de: https://bit.ly/2qdUQaG
  • Decreto 2160

    Se da comienzo a la etapa de normatividad contable en Colombia. Se puede afirmar que este decreto marca el inicio de la autonomía de la contabilidad frente a la fiscalidad y a su ordenamiento contable, el cual se constituye como fiel reflejo de la obra del profesor norteamericano Paul Grady transcribe los presupuestos básicos que conforman las cualidades de la información financiera y las normas de contabilidad que constituyen el marco conceptual.
    Tomado de: https://bit.ly/32IUC8V
  • Ley 43

    Artículo 6 define los lineamientos generales que se deben observar al momento de registrar la actividad contable de las personas naturales o jurídicas, principios que requieren de una reglamentación posterior para que puedan aplicarse al proceso contable.
    Tomado de: https://bit.ly/2QfHplp
  • Decreto 2649 y 2650

    Definía las reglas para el reconocimiento de los hechos económicos mediante un Plan Único de Cuentas (PUC) que incluía un catálogo de cuentas junto con sus respectivas dinámicas para el registro de las operaciones económicas y con esto, la posterior generación de los estados financieros.
    Tomado de: https://bit.ly/36YPNvD
  • Decreto 2649

    Por medio del cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios 0 normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia. Dicho decreto constituye una aproximación a un estatuto contable.
    Tomado de: https://bit.ly/2KkDX53
  • Ley 1111

    se otorga facultades al gobierno para proponer al legislativo los instrumentos necesarios para la aplicación de las NIC-NIIF en Colombia.
    Tomado de: https://bit.ly/2O7nrXe
  • Resolución 354

    Por la cual se adopta el Régimen de Contabilidad Pública, se establece su conformación y se define el ámbito de aplicación, Contador General de la Nación.
    Tomado de: https://bit.ly/33LbBbY
  • ley 1314

    Surgen las normas contables de información financiera y de aseguramiento de información, que conformen un sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible y de forzosa observancia, para que los estados financieros brinden información transparente y comparable, pertinente y confiable, útil para la toma de decisiones económicas por parte del Estado, los propietarios, funcionarios y empleados de las empresas. Texto tomado de: https://bit.ly/2Xg6Ogm
  • Ley 1607

    El ordenamiento tributario colombiano contempla un periodo de transición, por tanto la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en Colombia amerita una seria revisión y reflexión, a efectos de comprender los criterios que se deben tener en cuenta para su adecuada implementación.
    Tomado de: https://bit.ly/2QqTjsT
  • El artículo 165 de la ley 1607

    Enuncia un periodo de transición para efectos fiscales y se busca que el gobierno nacional evalué los impactos que puedan llegar a tener la entrada en vigencia de los nuevos marcos técnicos normativos entendiendo que las normas fiscales hacen remisiones a la contabilidad del decreto 2649.
    Tomado de: https://bit.ly/2XbLIzu
  • Decreto 2706

    La importancia del capítulo radica en que describe cada uno de los objetivos de los estados financieros y lo que permite que la información financiera sea útil; además establece los conceptos la información necesaria para que se presenten los estados financieros de las micro-empresas. Ten presente que este capítulo es relevante a la hora de sustentar procesos y de analizar estados avanzados de la información que se presenta bajo el formato de las NIIF.
    tomado de: https://bit.ly/2KhlKoU
  • Decreto 2548

    A través del cual se reglamentaron las medidas contenidas en los artículos 4 de la Ley 1314 de 2009, 165 de la Ley 1607 de 2012 y los artículos 773 y 774 del E.T., éste indicó que durante los primeros 4 años de aplicación oficial de las NIIF los contribuyentes deberán preparar sus declaraciones tributarias tomando las cifras desde una contabilidad llevada conforme a las normas de los Decretos 2649 y 2650 de 1993.
    Tomado de: https://bit.ly/2XaEgVr
  • Decreto 2170

    Con el fin de incorporar en Colombia la aplicación de la NIIF 16 (Arrendamientos) y las modificaciones de la NIC 40(propiedades de inversión), NIIF 2(Pagos basados en acciones y NIIF 4(contratos de seguros).
    Tomado de: https://bit.ly/32GZFXu
  • Decreto 2548

    De tal forma que solo hasta cuatro años después tendrían efectos tributarios las NIIF, eso significa que las empresas de tipo 1 y el grupo 3 su periodo de transición de los cuatro años inició el 1 de enero de 2015 y termina el 31 de diciembre de 2018 y para las empresas del grupo 2 inició el 1 de enero de 2016 y termina el 31 de diciembre de 2019
    Tomado de: https://bit.ly/2O7pACp