Antecedentes y evolución del Derecho a la protección de datos personales.
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El derecho de la protección de datos es reconocido después de la Segunda Guerra Mundial como un derecho a nivel internacional en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, antecedente que se encuentra en el reconocimiento del derecho a la vida privada -
En Europa surgen debate sobre la protección de datos como un derecho fundamental. Los debates serán sobre los posibles riesgos derivados del desarrollo de la informática. -
En Suecia se establece la primera ley en el mundo para la protección de la información, crea al igual un organismo que supervisa el cumplimiento de ella llamado Data Inspektion Board. -
Crea una Ley de carácter general " Privacy Act." -
Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo publican leyes referentes a la protección de datos personales las regulaciones limitaban el uso de datos personales por parte de las entidades públicas; pero no hablaba sobre algún derecho para proteger.
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La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, anuncia una recomendación que analiza profundidad el derecho a la protección de datos personales. -
Se crea el convenio de protección al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. Con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto. -
Alemania pronuncia el TCFA , el censo poblacional electrónico donde establece el libre desarrollo de la persona y dignidad como un derecho fundamental. -
A nivel europeo se reconocen derechos relativos a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales de la libre circulación de estos datos -
Brasil promulga una ley de protección de datos -
Argentina aprueba la carta de derechos fundamentales de la Unión Europea donde realza la protección de datos personales como un derecho fundamental.
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Entra en vigor la ley Federal de transparencia y acceso ala información pública y gubernamental así como el IFAI. Donde vigilaban entidades de la administración pública Federal, IFE (actual INE) , CNDH y el Banco de México. -
Se presenta en la cámara de diputados un proyecto que reforma el artículo 6°, fórmula del ejercicio a la protección de los datos personales y las referente a la vida privada. -
Se presenta la reforma al artículo 73 de la Constitución, el cual dota de facultades al Congreso Federal para legislar en materia de protección de datos en posesión de los particulares. -
En México se publica en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 6°
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Se presenta el proyecto para adicionar un párrafo al artículo 16 de la Constitución, con el fin de reconocer el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
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Se prueba el dictamen para adicionar un párrafo al artículo 16, dando origen a los derechos ARCO. -
Se publican las reformas del artículo 73 en el Diario Oficial de la Federación, dando así el primer paso al estado de México reconoce el derecho de protección de datos personales. -
La mayoría de los legisladores locales aprueban la reforma en el artículo 16, la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
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Se publica la ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de particulares, LFDPPP.
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