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Establece que:
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección
de la ley contra tales injerencias o ataques. -
Establece, en su artículo 8, que:
Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su
correspondencia. -
En 1970 fue aprobada la primera ley de protección de datos (Datenschutz). En 1977, el Parlamento Federal Alemán aprueba la Ley Federal Bundesdatenschutzgesetz. Estas leyes impiden la
transmisión de cualquier dato personal sin la autorización de la persona interesada. -
En Suecia, entra en vigor una de las primeras leyes en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado "Data Inspektion Board".
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En Estados Unidos la protección de datos tiene base en la Privacy Act de 1974
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En el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites
de transferencia de datos personales. -
El primer convenio internacional de protección de datos fue firmado por Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo. Establece, en su artículo 1°, que se debe: Garantizar, en el territorio de cada Estado, a cualquier persona física sean cuales fueren su nacionalidad o su residencia, el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, concretamente su derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a dicha persona.
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La directiva es referente a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
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Le sigue Chile en 1999. Posteriormente Argentina y Paraguay en el año 2000, año en que se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental. Después en 2002 Panamá y en 2008 Uruguay. En su mayoría, estas leyes se asemejan al modelo europeo.
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Establece la Protección de Datos de Carácter Personal. Está
ley ha sido importante para Latinoamérica porque se ha utilizado como firme referente del modelo
europeo. -
En 2002, México toma la iniciativa con la entrada en
vigor de ésta ley y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de
Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). Su campo de vigilancia solamente son las entidades de la Administración Pública Federal así como también los organismos autónomos como el Instituto Federal Electoral (IFE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Banco de México. -
En México, se presenta al pleno de la Cámara de Diputados en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo
referente a la vida privada. -
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un
proyecto con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo -
Esta ley pretende salvaguardar el respeto a la privacidad, dignidad e información de las personas, en ella se establecen cuatro derechos fundamentales que tienen los individuos sobre su información, son los denominados derechos ARCO. La ley también indica que los particulares deberán avisar, a cada persona de la que obtengan información personal, sobre el tratamiento que planean dar a sus datos. Lo anterior se debe hacer mediante un aviso de privacidad.