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Este organismo se ocupada de los juicios mercantiles y de los problemas de policía de comercio y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y las Ordenanzas Reales de Castilla.
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Se instalo en 1822, funciono por un breve lapso y se dicto la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos sobre:
-Actos de Comercio
-Causas de Comercio
-Alzada de Comercio -
Derogado en 1858.
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La provincia de Buenos Aires por intermedio de su gobernador, el doctor Valentín Alsina, encomendó a los doctores Dalmacio Vélez Sársfield y Eduardo Acevedo la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio.
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Luego de varias tentativas para acelerara su consideración legislativa, se obtuvo que se aprobara, sin someterlo a discusión. Para comenzar a regir en Buenos Aires a partir de 1860.
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Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, el 12 de septiembre de 1862 se sanciono la Ley 15, declarando al “Código de Comercio Nacional”
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Planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio
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Las principales modificaciones introducidas fueron:
-El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos
-Se suprimió el requisito de la inscripción en la matricula para adquirir la calidad de comerciante.
-Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras.
-Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Incorporando al viejo Código de Comercio un nuevo régimen sobre las letras de cambio y pagares.
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Incorporando al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorporando al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de sociedades.
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Incorporando al viejo Código de Comercio un nuevo régimen para la navegación y para los martilleros.
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Incorporando al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de cheques y de concursos y quiebras.
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Que modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El 01 de Agosto del 2015, se produjo otra gran reforma del Código de Comercio, quizás la mas importante. En la cual el Código de Comercio fue derogado y paso a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación.