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Regían ambas ordenanzas para las colonias americanas, durante la dominación española.
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Se incorporaron normas de Bilbao de 1737, regulando el comercio terrestre y marítimo.
Tribunal en asuntos mercantiles, separando la jurisdicción civil y mercantil.
Establecía el orden de prelación de las normas aplicables: ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias, Ordenanzas de Castilla. -
Regían las tres ordenanzas, a partir de la creación del Consulado de Comercio de Buenos Aires.
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Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre consignaciones.
Nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. -
Se creó la Bolsa Mercantil.
Se dictó la Ley Reglamentaria de corredores y martilleros. -
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Sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, le confía a Eduardo Acevedo y Dalmacio Velez Sarfield preparar un proyecto de Código de Comercio.
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Se presenta al poder Ejecutivo para su posterior aprobación.
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Sin embargo comienza a regir solo el la Provincia de Buenos Aires en 1860
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Planteó la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Modificaciones:
1. El valor de los usos y costumbres como fuentes del derecho.
2. Se suprimió el requisito de la inscripción de la matrícula p/ adquirir calidad de comerciante.
3. Cambios en la reglamentación sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, etc.
4. Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material civil. -
Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N°17.418 que incorpora un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 incorpora un nuevo régimen de sociedades.
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Se sanciona la Ley 20.094 incorpora un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 incorpora un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de los 21 a los 18 años.
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Se deroga el Código de Comercio y pasa a regir este nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Se puso fin al proceso de unificación del derecho privado.