-
Se empieza a Distinguir que la informática puede hacer daño al individuo
-
Conclusión:
Tengo que destacar que en México debe de haber una drástica actualización a nivel de Protección datos personales, ya que en México muy seguido se hacen mal uso de ellos.
México es de los principales países en cuanto a fraudes cibernéticos en América Latina, donde para poder extorsionarte necesitan precisamente tus datos los cuales son mal manejados por los bancos, donde realizan este tipo de acciones para vender tu información y que los empleados hagan robos usando tus datos -
Impulsada por la conferencia de Juristas Nórdicos da pie para que empiecen a trabajar el tema
"Los Derechos Humanos y los Nuevos logros Científicos y Tecnológicos" -
"Intimidad como un objeto de obligada Protección frente a la intromisión de la tecnología de la información"
-
"Protección de la Vida Privada de las Personas Físicas frente al Sector Privado"
-
Convenio para la Protección de las Personas respecto al tratamiento automatizado de Datos de Carácter Personal
-
Convenio para la Protección de personas con respecto al tratamiento automático con datos de carácter personal del Consejo de Europa
-
contiene una lista básica de principios para la protección de datos
personales de aplicación mundial, como el de exactitud de los mismos, la
determinación de su finalidad, su acceso y la no discriminación. -
se elevó la protección de los datos personales al rango
de derecho fundamental Actualmente el Tratado de Lisboa mantiene este
reconocimiento al derecho a la intimidad y a la privacidad de las personas como
derecho autónomo. -
con motivo de los ataques terroristas del 11 de
septiembre de 2001, los Estados Unidos de América adoptaron diversas medidas para hacerle frente a tal problema, cuya
finalidad, en términos generales, era salvaguardar la seguridad nacional de los Estados Unidos de América y sus ciudadanos. -
Los límites al derecho de acceso a la información están
señalados de manera expresa en la propia Ley y ahí se establece que los datos personales constituyen información confidencial y requieren del consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o comercialización.