ANTECEDENTES HISTORICOS ARGENTINOS

  • CREACION DEL CONSUL DE BUENOS AIRES

    Se incorporan las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737.
    comercio terrestre y marítimo
    - El organismo cumplía función administrativa y judicial, ocupandose de los juicios y del establecer el orden en que se aplicaban las normas.
    - Estaba conformado por: un Prior, dos Cónsules, nueve consiliarios, un síndico, un secretario, un contador y un tesorero.
    - Los fallos eran apelables y no era necesaria la participación de abogados.
  • ADUANA DE BUENOS AIRES

    Se crea a finales del siglo XVIII.
  • REVOLUCION DE MAYO

  • CODIGO DE COMERCIO

    Se sanciona en en 1862 para toda la Nacion. El proyecto fue presentado en 1857 por Velez Sarsfield y Acevedo; se aprobo en 1859 y comenzo a regir en buenos aires a partir de 1860.
  • CODIGO CIVIL

    Se sanciona en 1869. Surge la necesidad de reformas en el codigo de Comercio vigente.
  • REFORMAS DEL CODIGO DE COMERCIO.

    Principales modificaciones:
    -El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
    -Supresion de requisito de inscripcion en matricula para comerciar.
    -Cambios en reglamentacion de corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compra-venta, fianza, letras de cambio, cheques, derecho maritimo, quiebras.
    Se modificaron los contratos de mutuo, deposito y prenda, quitandose lo civil.
  • Period: to

    PRINCIPALES MODIFICACIONES - DETALLE

    1963 - SANCION DECRETO-LEY 5965/63
    Nuevo regimen sobre Letras de Cambio y Pagares
    1967 - SANCION LEY Nº 17.418
    Nuevo Regimen de Seguros.
    1972 - SANCION LEY Nº 19.550
    Nuevo Regimen sobre Sociedades
    1973 - SANCION LEY Nº 20.094 Y LEY Nº 20.266

    Nuevo Regimen para Navegacion Y Para Martilleros
    1995 - SANCION LEY Nº 24.452 y LEY Nº 24.522

    Nuevo Regimen de Cheques y, Concursos y Quiebras
    2009 - SANCION LEY Nº 26.579
    Modifica la Mayoria de edad (de 21 a 18) entre otras cosas.
  • NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION

    Se deroga el codigo de Comercio y comienza a regir el Nuevo Codigo Civil y Comercial de la Nacion y constituye la principal fuente del derecho comercial en la actuañoidad. Con esto se pone fin a la unificacion del derecho privado.