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Legislación promulgada por los monarcas españoles para regir la vida en territorios americanos.
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En 1778, la Corona sancionó el Reglamento de Libre Comercio, que eliminó el antiguo monopolio que ejercían otros puertos en su relación con la Península y autorizó a Buenos Aires, entre otros, a comerciar directamente con España. También se reforzó el control estas actividades con la creación de la Real Aduana de Buenos Aires, organismo encargado de administrar el comercio exterior del Virreinato.
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Tenía como función asistir a los comerciantes, además de resolver conflictos que surgieran entre ellos. El Consulado era independiente y autónomo con respecto a las demás provincias argentinas. En aquella época se aplicaban Las Ordenanzas de Bilbao, las cuales regulaban los libros de los comerciantes, contratos y quiebras.
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Se crea la matricula para Comerciantes Nacionales, normas sobre consignaciones y nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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El 14 de noviembre de 1821, por iniciativo de Bernardino Rivadavia, se sanciona el proyecto para la instalación de una bolsa mercantil. La actividad de los corredores de cambio.
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Rivadavia dicta 3 decretos muy importantes sobre comercio ellos son: actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio.
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Cuerpo legal que reguló las bases del comercio, los actos de comercio, la consideración legal de comerciante, entre otras materias mercantiles, en todo el territorio de la República Argentina, desde el 10 de septiembre de 1862, hasta el 1 de agosto de 2015.
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Se dotaría de unidad y coherencia a la legislación civil, ausente hasta ese entonces por la dispersa legislación vigente en el territorio argentino.
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El 5 de octubre de 1889 el Congreso aprobó una reforma al Código, mediante la ley 2637,2.
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Nuevo régimen sobre conflictos de leyes en materia de letras de cambio, pagares y facturas.
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Conocida como Ley de Seguros, la que se incorporó al Código de Comercio, al tiempo que derogaba sus artículos 492 a 557 y 1.251 a 1.260, como así también la Ley N° 3.942.
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Nuevo Régimen sobre sociedades.
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Nuevo régimen con respecto a la navegación, y nuevo régimen para martilleros.
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Nuevo régimen con respecto al cheque, y de prevención y reorganización con el fin de evitar la quiebra
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Ley de reducción de mayoría de edad, redujo la mayoría de edad de 21 a 18 años.
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Reemplazando al Código Civil de 1869, redactado por Dalmacio Velez Sarsfield, y al Código de Comercio de 1862, redactado por Eduardo Acevedo y Velez Sarsfield.