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El antecedente del Derecho Civil lo encontramos en Roma, en la época del imperio, donde coexistían dos tratados que regulaban el derecho: IUS CIVILE e Ius GENTIUM.
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El Ius Civile era el Derecho del cual gozaba cualquier ciudadano romano, mientras que el Ius Gentium era para los demas pueblos o las interacciones con otras personas.
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El Derecho Romano seguía vigente en la practica en los pueblos dominados y su influencia poco a poco también llegaba a los pueblos conquistadores.
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El Derecho Civil entendido como Derecho Romano jugara un papel importante y se desarrollara el Derecho Común.
Carlo Magno restaura el imperio Sacro Romano Germánico. -
El Ius Civile e Ius Canonicum va a darse una influencia que durara todo los siglos de la edad feudal. El Derecho Común se arraiga y es el Derecho predominante.
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Los Aztecas desarrollan el derecho civil, ya que en los estudias se observa que implantaron leyes para regularla conducta de su pueblo.
Ya se ve una clara linea del Derecho Familiar y el Matrimonio como tal, se resalta que la mujer se debe casar con el hermano del esposo si este llega a morir. -
En 1510 se ordena la creación del Derecho Indiano (Recopilación durante la corona Española).
1533 Se copian ordenanzas y cédulas que se mandaran a la Nueva España.
1542 creación de la primera constitución dentro del "Nuevo mundo"; esta basada en las reglas de la edad media. -
Es en Prusia en el siglo XVIII donde surge el primer código Civil, al que después sigue el Código de Francia de 1804.
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En 1807 el código de Francia es creado, ordenado por Napoleón y en este recoge el Derecho Romano y a su vez se adapta a la influencias y necesidades de Francia.
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Italia en 1865
España 1889
Alemania 1896
El Derecho Italiano cambias hasta 1942 con la entrada de Mussolini. -
Benito Juárez le encarga a Justo Sierra elaborara un proyecto de Código Civil, integrada por 4 libros fue terminada en 1860 y fue adoptada por el estado de Veracruz-Llave por decreto el 5 de diciembre de 1861.
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El Código Civil de 1870 aprobado por el Congreso de la Unión para el Distrito Federal y Baja California Sur, coincidiendo con el triunfo del modelo político liberal que se consolidó con el de 1884,
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Los principios del Derecho Romano tuvieron vigencia en Alemania hasta 1900, cuando entró en vigencia el Código Civil alemán. El “Corpus Iuris Civilis” es un ejemplo del estrecho vínculo existente entre el antiguo Imperio Romano y la Europa moderna.
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El derecho civil tuvo modificaciones durante la revolución. En diciembre de 1914 se promulgó la Ley del Divorcio, en abril de 1917 La Ley de Relaciones Familiares. Elaborado por los abogados Ángel García P. e Ignacio García T. entre otros con el título:Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en Materia Común y para toda la República en Materia Federal entrando en vigor en 1932.