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ANTECEDENTES DEL JUICIO DE AMPARO by Vanessa Arellano Lázaro 23DE251

  • BABILONIA
    1700 BCE

    BABILONIA

    TUVO VIGENCIA EL LLAMADO " CÓDIGO DE HAMMURABI" en donde se escribieron instituciones de orden penal, civil, mercantil y familiar
  • ROMA
    533 BCE

    ROMA

    Homine libero exhibiendo, consignado en la ley I ,libro 43 Titulo 29, Del digesto defensa de la libertad de los hombres libres VS particulares.
    INTERCESSIO.- Perfiles y características tan semejantes a la del Amparo , Rodolfo Batiza.
    El ciudadano oprimido o perjudicado por un mandato de los magistrados Apellatio / Auxilium) DERECHO DE RECLAMAR AUXILIO
  • GRECIA
    480 BCE

    GRECIA

    Existió una especie de garantía individual, los polis ataniese , los actos estaban sujetos a autoridad. Además, el tribunal del Areópago encargado de velar por la pureza de las costumbres casos que le sometían a acontecimiento.
  • Gran Bretaña
    1215

    Gran Bretaña

    Carta magna del Rey Juan Sin Tierra; " Petición de derecho"
  • EDAD MEDIA 1252- 1504
    1252

    EDAD MEDIA 1252- 1504

    Poder de reyes Castilla era absoluto, existen recursos en contra de las arbitrariedades del poder. Recurso " Omisso medio" una especie de querella al Rey fundada en la tercera partida
    José Luis Soberanes y Faustino José Martínez
    1) Apelación
    2)Restitución
    3)Recurso extraordinario de revisión
    4) Interdicto posesorio
  • EDAD MEDIA 1252-1504
    1252

    EDAD MEDIA 1252-1504

    Citan un interdicto de Amparo o Amparo colonial , Obra Andrés Lira Gonzales, Protección de los derechos de las personas, agraviantes.
    Toribio Esquivel Aragón
    - Apelación ante la audiencia respecto de resoluciones del virrey
    -decían que el negocio era de justicia o de gobierno
    - Luis weckman apelación: Existían un interdicto, patentes, cartas de amparo y amparo eclesiástico
  • RÉGIMEN COLONIAL

    RÉGIMEN COLONIAL

    comenzó la recopilación de las leyes de las Indias, proteger la población Indígena contra abusos y arbitrariedades de los españoles, Criollos y Mestizos
    Absolutismo; Derecho español en su aspecto legal y consuetudinario existía una garantía jurídica para los gobernados en la jerarquía normativa del derecho natural
    Supremacía jurídica del derecho natural, costumbres y leyes
  • RECURSO DE LA FUERZA

    Es considerada como antecedente del amparo por toribio es el recurso de fuerza, el que hacía vales contra las autoridades civiles creían tener derecho
  • GRAN BRETAÑA

    GRAN BRETAÑA

    Declaración de derechos " BILL OF RIGHTS"
  • ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    7 artículos. con una orientación a organizar al Estado y al Gobierno
    Writ of Habeas Corpus , era el procedimiento que se utilizaba para la defensa de la Constitución.
    Writ of habeas corpus, es únicamente una de las piezas del sistema " americano".
    Protege la libertad individual en contra de prisiones arbitrarias o ilegales
    TORIBIO ESQUIVEL ARAGÓN, LUIS WECKMAN, valoran la influencia del derecho hispánico nacimiento del JUICIO DE GARANTIAS
  • ESPAÑA XI-XIII

    ESPAÑA XI-XIII

    Existencia de una institución, moderar los actos de autoridad Justicia mayor de Aragón.
    PROCESO DE FIRMA. - orden de inhibición que se obtenía de la corte de justicia.
    - Basándose en excepciones y otorgándose contra jueces, oficiales y particulares
    - Su objetivo de no afectar a las personas
  • ESPAÑA XI-XIII

    LA APREHENSIÓN: provisión, y ejecución del litispendente o su marísimo.
    JUCIO DE INVENTARIO. - Darlos en fianza al que se hubiere solicitado que se hiciese el inventario.
    PROCESO DE MANIFESTACIÓN: Acción y pretensión o recursos de personas, potestad de su justicia y lugartenientes.
  • MEXICO INDEPENDIENTE

    MEXICO INDEPENDIENTE

    Político-constitucional, rompe con la tradición jurídica española, influenciado por la doctrina francesa e inspirado por el sistema norteamericano.
    No se conformó con la condición jurídica que guardaban los derechos del hombre en el régimen colonial. CONSTITUCIÓN 1857 plan de Ayutla.
    Se plasmó en un cuerpo legal que se consideró como la ley suprema del país
  • CONSTITUCION DE APATZINGAN

    CONSTITUCION DE APATZINGAN

    Fue el primer texto constitucional de México en incorporar una declaratoria de derechos humanos
  • Corte Suprema de Justicia

    Corte Suprema de Justicia

    Se estableció que la corte suprema de justicia, tenía la facultad de conocer, de juicio y leyes federales según lo prevenía la ley , por carecer de una ley supletoria
  • CONSTITUYENTES FEDERALISTAS

    expidieron una constitución de ese tipo, cuya vigencia fue relativamente efímera, se dictó otra de carácter centralista, por aquellos a quienes se conceptuaba como los reaccionarios de aquella época, entre los cuales sobresalía el tristemente célebre Antonio López de Santa Ana.
  • SUPREMO PODER CONSERVADOR

    SUPREMO PODER CONSERVADOR

    Se crea el supremo poder conservador, que podía declarar la nulidad de cualquier acto de los poderes, entre otras atribuciones
  • CONSTITUCIÓN LOCAL

    CONSTITUCIÓN LOCAL

    es la fecha memorable donde se vota en el estado de Yucatán la
    Constitución local del estado, y es la que nos sirve de base para interpretar que ahí se encuentran localizados los antecedentes de nuestro juicio de amparo.
  • AMPARO AGRARIO

    Aparece la cuestión de los asuntos agrarios de amparo
  • CONSTITUCIÓN YUCATECA

    CONSTITUCIÓN YUCATECA

    Poder Judicial tiene la facultad de vigilar la constitucionalidad de la legislación. Los jueces de primera instancia apararan en el goce de los derechos garantizados.
  • MANUEL CRECENCIO REJÓN

    MANUEL CRECENCIO REJÓN

    estableció los principios sobre los cuales ha crecido y se ha desarrollado, de alguna manera, esta institución fundamental de nuestro derecho que es el juicio de amparo. Él señala los principios de encontrar primero la definición de las garantías de libertad religiosa y libertad de credo, de reunión, la libertad y el derecho de escoger el trabajo que mejor nos quede, el derecho a la educación y todas esas garantías individuales que conocemos
  • 1847

    1847

    Adoptar una nueva constitución de 1824, mariano otero , presenta un voto particular
  • ACTAS DE REFORMAS

    ACTAS DE REFORMAS

    Se establece el sistema de control constitucional por órgano político
  • CONSTITUCIONES Y CONSTITUCIONES

    CONSTITUCIONES Y CONSTITUCIONES

    Mariano Otero, que pasan a la Constitución de 1857 e, íntegras, a la de 1917, a la cual se sumaron dos garantías: la establecida en el Artículo 123, que tutela la cuestión del trabajo, y el Artículo 27, que tutela la cuestión agraria. Entendiendo estos dos elementos, tanto el histórico como el constitucional, todo llega a concluir en 1992 con las reformas del 6 de enero que establecen las modificaciones fundamentales del Artículo 27 constitucional, donde el reparto agrario desaparece.
  • Congreso constituyente

    Congreso constituyente

    El efecto se reunió, discutieron el art 102 del proyecto de la constitución forma de impugnar las leyes locales y federales por el acto de reformas Juicio de amparo, recoge la constitución 1917 y ley de amparo vigente
  • PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN

    PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN

    INDIVIDUALISTA: Protección y conservación de la personalidad jurídica.
    LIBERALISMO: No provocar desorden dentro del medio social
  • PORFIRIO DIAZ

    PORFIRIO DIAZ

    Se incluye el reglamento semanario
  • REFORMAS 1890-1897

    Reforma del código federal de procedimientos civiles
  • 1898-1914

    1898-1914

    Se clausura la corte y es el fin de la revolución mexicana
  • AMPARO AGRARIO EN MÉXICO

    AMPARO AGRARIO EN MÉXICO

    Establecieron el parteaguas para que todos aquellos particulares que hubiesen sido afectados por una resolución presidencial, y dotarían de tierras a los ejidos o a las comunidades. Esa Ley establecía en su Artículo 10, claramente, que los propietarios podían acudir a dirimir sus reclamos y controversias con el Estado, en relación con las resoluciones presidenciales que les afectaban a través de los tribunales
  • 1917

    1917

    REGLAMENTO PARA EL DEPARTAMENTO DE JURISPRUDENCIA, SEMANARIO JUDICIAL Y COMPILACIÓN DE LEYES
  • 1917

    1917

    La actual constitución vigente estableció en su título primero, capítulo primero de las garantías individuales, en los art 1-29, en los cuales del 3-27 se encuentran plasmados derechos de interés social. El derecho de amparo quedó plasmado en el artículo 103-107, siendo el artículo 103, cuenta con 3 reformas.
    El artículo 107 ha tenido 17 reformas. Siendo el amparo el medio más efectivo para salvaguardar los derechos de los gobernados.
  • JUICIO DE AMPARO

    JUICIO DE AMPARO

    El Amparo adquiere, definitivamente, una gran trascendencia y sirve de ejemplo para los demás pueblos de América. Es el célebre Art. 107 de dicha Constitución el que norma esta institución jurídica tal como la conocemos hasta el día de hoy.
  • Se expidió la denominada Ley de Amparo que hizo viable el Amparo establecido en la Constitución de 1917 y más tarde se introdujeron varias reformas a la ley

  • TRIBUNALES FEDERALES

    TRIBUNALES FEDERALES

    Tribunales Federales resultó una ejecutoria que cambió ostensiblemente la aplicación de la ley, obligó a que previo al examen de los Tribunales Federales de las cuestiones, de las resoluciones presidenciales debía agotarse el principio relativo a que acudieran a los tribunales de juicios ordinarios, aplicándose el Código de Procedimientos Civiles y el Código Civil de 1908, para dar definitividad a los asuntos a tratarse por la vía del control de la constitucionalidad.
  • GRAN BRETAÑA

    GRAN BRETAÑA

    Estatuto de westminster con los Dominiosce la commonwealth
  • NUEVA CREACIÓN

    NUEVA CREACIÓN

    se crea el Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización. Con Abelardo L. Rodríguez se prohíbe, por derogación del Artículo 10 de la ley del 6 de enero de 1915, que los propietarios afectados puedan acudir al juicio de amparo.
  • LÁZARO CÁRDENAS

    LÁZARO CÁRDENAS

    Lázaro Cárdenas viene a dar el verdadero desarrollo al agrarismo definitiva a los campesinos de México. La vida interrumpida del juicio de amparo, que, si bien existió, cambió en la segunda hasta desaparecer. se convierte prácticamente en un ejercicio sólo de indemnización, de vuelve a instituirse el Juicio de amparo, medio protector para aquellos propietarios que hubiesen sido afectados en sus pertenencias, en sus posesiones y en sus derechos por resoluciones presidenciales.
  • GRAN BRETAÑA

    GRAN BRETAÑA

    Ley Órganica del Parlamento " parliament act"
  • 1968

    1968

    Se confiere a los tribunales colegiados de circuito integrar jurisprudencias y conocer de amparos directos
  • Amparo colonial

    Amparo colonial

    Autoridad protectora
    Autoridades agraviantes
    Peticion o demanda de amparo
    Actos reclamados
    Interés jurídico
  • SE INTEGRA

    SE INTEGRA

    212 al 234 de la Ley de Amparo. Son 22 simples artículos en los cuales está sintetizado todo el procedimiento al que deberá estar sujeta la tramitación de los juicios de garantía. Está conectado y de alguna manera es derecho referido a la relación con su estatus de ejidatario, comunero o solicitante, es decir no sólo los que tengan reconocido su derecho sino los que hayan demandado su reconocimiento. los relacionados con la tierra, para que sean los que promuevan juicios de amparo
  • POCO ACTUAL

    POCO ACTUAL

    Artículo 223 de la tantas veces aquí mencionada Ley de Amparo, el nombre y domicilio del terreno perjudicado, si lo hubiere, que no es otro a quien podría tener jurídico interés en el resultado del amparo. También admitirá de ciertos o falsos los actos que se le imputan, en tanto autoridad responsable, mismos que fundamentará en derecho y, por último, tratándose de autoridades agrarias, acto reclamado como resolución presidencial, ahora sentencias del Tribunal Superior Agrario
  • Se crea el consejo de la Judicatura federal

    Se crea el consejo de la Judicatura federal

  • DERECHOS HUMANOS

    DERECHOS HUMANOS

    Se deja atrás el concepto de garantías individuales , surgiendo el nuevo paradigma de los Derechos humanos
  • PRINCIPIOS DEL DERECHO DE AMPARO

    PRINCIPIOS DEL DERECHO DE AMPARO

    A) contra actos de autoridad
    B) principios rectores
    I)Instancia de parte
    2) Agravio personal y directo
    3) Principio de definitividad
    4) Principio de estricto derecho
    5) Principio del acto reclamado
    6) Sentencias de amparo
  • AMPARO AGRARIO EN MÉXICO

    AMPARO AGRARIO EN MÉXICO

    Hace imposiible una actualización definitiva en el registro y control