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A partir de la conquista americana, en nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias para las colonias americanas y supletoriamente las Leyes de Castilla.
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En nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias y supletoriamente las Leyes de Castilla. Con la creación del Consulado de Buenos AIres, se incorporó las Ordenanzas de Bilbao de 1737.
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El Consulado de Comercio de Buenos Aires estableció el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y Ordenanzas Reales de Castilla, hasta 1859
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Producida la Revolución de 1810, sucedieron algunos antecedentes anteriores a la Codificación.
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Se creó por la Asamblea del Año 1813 la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se creó la Bolsa Mercantil, sin embargo funcionó por un breve lapso y se dictó la Ley Reglamentaria de Corredores y Martilleros.
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Rivadavia se encargó de dictar tres decretos sobre actos de
comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
El Estado de Buenos Aires, confió en 1856 a Acevedo a preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarfield. El cual se presentó al poder ejecutivo del en 1857 pero se aprobó en 1859, para regir solo en la Provincia de Buenos Aires. Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio.
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1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante
3) Cambios en reglamentaciones sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras
4) Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
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Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros. -
Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad
para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
El primero de Agosto de 2015, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina.
Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.