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Hasta esta fecha solo regían las leyes de Indias; a partir de ahí comienza a regir las leyes de Indias y las leyes de Castilla.
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Regula la comercio terrestre y marítimo.
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Creación del consulado que otorga la prelación de las leyes: de Bilbao, de Indias y por último de Castilla
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Creación de la Aduana
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Creación de la matricula para Comerciantes Nacionales.
Normas sobre consignaciones.
Nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. -
Entra en vigencia en 1822 por poco tiempo.
Creación de la Ley reglamentaria de corredores y martilleros -
Dicta tres decretos sobre actos, causas y alzada de comercio.
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Suprime el concurso de Acreedores.
Este decreto es derogado en 1858 -
Reemplaza a la Bolsa Mercantil
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Buenos Aires (fuera de la confederación Argentina) solicita a Edudardo Acevedo la preparación del Proyecto.
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Aprobado en 1859 después de modificaciones.
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Entra en vigencia para Buenos Aires.
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Con Buenos Aires reincorporado a la Confederación Argentina se dicta la ley 15 adoptando el Código de Comercio para toda la Confederación.
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Entra en vigencia el Código Civil (Velez Sarfiel)
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Se incorporan fuentes del derecho.
Se elimina el requisito de inscripción en la matricula de comerciante.
Cambio de regulación en corredores, empresas de transporte, bolsas, letras de cambio, etc.
Ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda suprimiendo la materia Civil. -
Nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés
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Nuevo régimen sobre sociedades
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Nuevo régimen para la navegación
Nuevo régimen para los martilleros -
Nuevo régimen de cheques
Nuevo régimen de concursos y quiebras -
Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, de 21 a 18
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Nuevo Código Unificado
Derogación de los Códigos (Civil y de Comercio) en el artículo 4 de la ley 26.994 -
Reformando la ley de sociedades