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incorpora las ordenanzas de Bilbao, reglaban el comercio terrestre y maritimo
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Se matricula a los comerciantes nacionales, normas sobre consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales
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se dicto la ley reglamentaria de corredores martilleros
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se dictaron tres decretos, actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio
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suprime los consursos de acreedores
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se aprueba el Código sin someterlo a discusión
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rige solo en la provincia de Buenos Aires
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Buenos Aires es reintegrado a la Confederación
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se sanciona el c`´odigo civil y se plantea la necesidad de reforma
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las principales modificaciones fueron el valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; se suprime el requisito de la inscripción en la matricula para adquirir calidad de comerciante; cambios en la reglamentación de corredores,empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; se ajustan los contratos de mutuo, deposito y prenda
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se sanciona un Decreto que incorpora al viejo Código un nuevo régimen
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se sanciona una nueva ley de régimen de seguros incorporandola al viejo código. Ley 17.418
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se sanciona una nueva ley que es incorporada al viejo Código. Ley 19.550
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se incorpora al viejo código dos leyes, la ley 20.094 de nuevo régimen de navegación y la Ley 20.266 de nuevo régimen de martilleros
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se incorpora la viejo código la Ley 24452 del nuevo régimen de cheques y la ley 24522 que incorpora el nuevo régimen de concursos y quiebras
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se sanciona que la edad para adquirir mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. Ley 26.579