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Durante la dominación española, se aplican las Leyes de Indias y Leyes de Castillas.
En 1794 se crea el Consulado de Buenos Aires, el cual actúa como tribunal en asuntos mercantiles.
Se incorporan las normas de Ordenanzas de Bilbao de 1737 -
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Se crea la matrícula para Comerciantes Nacionales, normas sobre consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se produce el dictado de la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Dictado de tres decretos sobre actos, causas y alzada de comercio
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Supresión de concursos de acreedores, pero esto luego fue derogado en 1858.
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Se produce la aprobación de la Constitución en Santa Fe
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Se sanciona el Código de Comercio, preparado desde 1856 por el uruguayo Eduardo Acevedo y Dalmasio Vélez Sardfield y entra en vigencia para todas las provincias.
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- Consideración de los usos y costumbres como fuente de derechos.
- Supresión del requisito de inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
- Cambios en la reglamentación sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, etc.
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Se incorpora al Código de Comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Nuevo régimen para la navegación y un nuevo régimen para los martilleros.
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Nuevo régimen de cheques y un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se modifica la edad para alcanzar la mayoría de edad (de 21 a 18 años)
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El Código de Comercio de 1862 es derogado por la Ley N 26994, que sanciona el nuevo Código Civil y comercial y reforma la Ley de Sociedades. Se mantiene en vigencia hasta la actualidad.
Se puede destacar que este Código considera a las personas en forma unificada y las clasifica como personas humanas o como personas jurídicas, sin diferenciar entre sujetos comerciales y civiles.