Dc

ANTECEDENTES DEL DERECHO COLECTIVO

  • 27 BCE

    La Ley Marcu

    La Ley Marcu
    Como antecedente a cualquier derecho laboral, podemos citar las Leyes de Marcu donde aparecen por primera vez en la historia limitaciones sobre las horas de jornada laboral, de modo que se aprovechase al máximo las horas de luz a la vez que se cuidaba de no sobreexplotar a los trabajadores.
  • 8 BCE

    DURANTE LA ROMA CLÁSICA

    DURANTE LA ROMA CLÁSICA
    Durante la época del Imperio Romano, el hombre se consideraba un cúmulo de virtudes dentro de las cuales no existía el concepto de trabajo. Consideraban que únicamente las bestias y los esclavos debían trabajar.
  • 8 BCE

    ROMA CLASICA

    ROMA CLASICA
    En Roma no existía el derecho Laboral y mucho menos que hubiesen leyes al respecto.• Era mucho más importante legislar el sector humano en cuestiones civiles, y por tanto, fue el Derecho Civil el que caracterizó el mundo jurídico de la antigua Roma
  • 8 BCE

    ROMA CLÁSICA

    ROMA CLÁSICA
    A pesar de que la agricultura formaba parte de las principales actividades el Imperio, el hecho de tener una actividad de tipo comercial, como panadero, zapatero....etc. venía siendo cosa de extranjeros y, por tanto, nadie se molestaba en interferir o en intentar legislar dichas actividades. A estas personas simplemente se les reconocían honores públicos y es de aquí de donde ha derivado la palabra "honorarios" en referencia al hecho de ganarse un sueldo.
  • 5

    DURANTE LA EDAD MEDIA

    DURANTE LA EDAD MEDIA
    Tras la caída del Imperio Romano las nuevas generaciones crecen en un ambiente donde el trabajo, aparte de necesario, comienza a considerarse como un bien social, una forma de sustento casi única y obligatoria.• El cristianismo le atribuye un sentido redentor. Es un deber moral.
  • 5

    LA EDAD MEDIA

    LA EDAD MEDIA
    Durante la edad media surgió el Feudalismo.• Se basaba en grandes extensiones de tierra cuya propiedad pertenecía al Estado o a la nobleza y que debían, por tanto, pagar altos intereses para poder sobrevivir.
  • 6

    LA EDAD MEDIA

     LA EDAD MEDIA
    De forma intermedia entre los que cobran y los que trabajan aparecían las actividades artesanales quienes se movían entre ambos bandos, siempre con el miedo a parecer demasiado rico o demasiado pobre.• En esta situación, es de todo impensable la formación de posibles sindicatos o de algún tipo de Derecho laboral.
  • REVOLUCION INDUSTRIAL

    Fue al final de la Edad media cuando surge, gracias a la revolución industrial, una nueva ideología que viene a decir que la riqueza no se centra exclusivamente en tener o no propiedades de Tierra.• La revolución industrial nos enseñó que la riqueza no solo se obtiene por nacer en una familia noble, que en cualquier parte hay oportunidades de crecer, que las necesidades humanas pueden ser satisfechas y gracias a ello uno puede enriquecerse. Nace el concepto del “consumo”.
  • REVOLUCION FRANCESA

    REVOLUCION FRANCESA
    Con el inicio de la revolución francesa, en Europa desaparecen las antiguas leyes de trabajo dejando paso al liberalismo y el comunismo.
  • REVOLUCION INDUSTRIAL

    REVOLUCION INDUSTRIAL
    el poder político comienza a perder fuerza en favor de los trabajadores, en Francia aparece la llamada "Le chatelier" que concede a los trabajadores el derecho a asociarse y a formar corporaciones sin riesgo a ser encarcelados o vejados.
  • REVOLUCION INDUSTRIAL

    REVOLUCION INDUSTRIAL
    Surgen las grandes fábricas, los grandes mercados y la nueva maquinaria que a la vez fomenta nuevos sistemas de producción y nuevas necesidades sociales.• Nace la gran competencia.
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    A mediados del siglo XIX aparecen las primeras leyes del Derecho del Trabajo,. Nace en forma de leyes de emergencia, irregulares en su alcance y modo de aplicación, fragmentarias aunque innovadoras.• Elaboradas, frecuentemente ante la presión de las fuerzas obreras organizadas.
  • FRANCIA

    FRANCIA
    En 1900, se fundó en París la Asociación Internacional para la Protección Legal de los Trabajadores, con una Oficina Internacional en Basilea y secciones nacionales autónomas, auspiciando diversos congresos internacionales. Los esfuerzos suizos no cesaban y conducían a conferencias de gobierno en Berna, en los cuales se adoptaron los primeros acuerdos sobre la prohibición del uso del fósforo blanco en los cerillos y del trabajo nocturno de la mujer.
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    En Iberoamérica, la legislación laboral comienza a principios del siglo XX, aunque en Brasil, se dictaron disposiciones protectoras de la infancia en 1890.
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    En Alemania, se legisló sobre condiciones de trabajo y Seguro Social.• En Italia, se legisló sobre el trabajo de menores.• En España, con la creación del Instituto de Reformas Sociales en 1903.• En Estados Unidos, se crearon oficinas de Estadísticas del Trabajo.
  • EUROPA

    EUROPA
    Otro antecedente, se dio en el surgimiento de los tratados bilaterales de condiciones de trabajo, siendo el primero el celebrado entre Francia e Italia en 1904 acerca de accidentes de trabajo, trabajo de mujeres y menores, creación de una red de tratados bilaterales de trabajo entre las principales naciones europeas.
  • Antecedentes Históricos del Derecho del Trabajo en México

    Antecedentes Históricos del Derecho del Trabajo en México
    El Derecho del Trabajo tiene su antecedente o fuente histórica en la Revolución Mexicana; surge en base a la necesidad que se dio por la carencia o inexistencia de una relación laboral que en países como Europa ya existía.
  • Primera Guerra Mundial•

    Primera Guerra Mundial•
    Se trata de leyes sobre: Trabajo de niños y mujeres, jornadas de trabajo, accidentes del trabajo, convenciones colectivas, seguro social obligatorio, salarios mínimos, subsidios familiares, vacaciones pagadas, etc.
  • MEXICO

    MEXICO
    El Derecho del Trabajo como Derecho Social.• El Derecho del Trabajo como Garantía Social.• Art. 123: nos habla del Derecho del Trabajo.• Se divide en dos apartados A y B.• A. Iniciativa privada.• B. Estado.
  • MEXICO

    MEXICO
    Se divide en dos partes: – Dogmática: están constituido los primeros 29 artículos (garantías individuales). – Orgánica: están constituidos los artículos restantes (estatutos del país).• Art. 5: Cada quién tiene el derecho de profesar cualquier profesión la cual debe ser legal.
  • MEXICO

    MEXICO
    • Relación del trabajo• Contrato individual por escrito.• Requisitos del contrato individual del trabajo.• Jornada de trabajo.• Salario.• Salario Mínimo.• Días de descanso.• Pago del aguinaldo.
  • MEXICO

    MEXICO
    Esta Constitución debía sustentarse en las prioridades por las que se luchó en la Revolución, entre ellas, el triunfo laboral que se constituyeran tribunales del trabajo, que se justificara la relación laboral, que se creara el salario mínimo, formación de sindicatos, etc
  • Creación y Organización de la Organización Internacional del Trabajo

    Creación y Organización de la Organización Internacional del Trabajo
    Surge a raíz de una violenta convulsión mundial, su constitución fue establecida en la Parte XIII del Tratado de Versalles.• Se señala la necesidad de la justicia social para obtener paz y la urgencia de lograr todos los pueblos, un régimen de trabajo realmente humano, y la O.I.T. surge para cumplir y asegurar la existencia de ese régimen de trabajo realmente humano, quedando así garantizada su eficacia.
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    En el año 1940 se crea el manifiesto comunista del derecho del trabajo que es el antecedente oficial de lo que hoy conocemos como el derecho Laboral moderno.